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A petición de un Intendente.

Contraloría dictaminó que el Consejo Regional tiene la facultad de determinar los programas a que se destinan los recursos del FNDR.

El Intendente de la Región de la Araucanía, solicitó pronunciamiento a la Contraloría General de República sobre la procedencia de que los consejeros regionales participen como jurados en la elección de los proyectos a financiarse con los recursos transferidos desde el Gobierno Regional a instituciones receptoras de tales caudales.En su petición, el Intendente advierte que […]

25 de marzo de 2011

El Intendente de la Región de la Araucanía, solicitó pronunciamiento a la Contraloría General de República sobre la procedencia de que los consejeros regionales participen como jurados en la elección de los proyectos a financiarse con los recursos transferidos desde el Gobierno Regional a instituciones receptoras de tales caudales.
En su petición, el Intendente advierte que el referido Consejo ha aprobado una serie de transferencias a servicios públicos condicionadas a la incorporación de algunos de sus consejeros en comités de selección a cargo de asignar tales haberes a terceros que presenten proyectos destinados preferentemente al fomento productivo y al mejoramiento de la competitividad.
La Contraloría, al dictaminar, expuso que los artículos 111 y 112 de la Carta Fundamental radican la administración superior de cada región en un Gobierno Regional, que se encuentra “constituido por el Intendente y el Consejo Regional”, y que el artículo 113 dispone que el Consejo Regional será un órgano de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional y ejercer las atribuciones que la ley orgánica constitucional respectiva le encomiende. También cita diversas normas de la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuerpo legal que establece -entre otras funciones generales del Gobierno Regional-, la de resolver sobre “la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del FNDR”.
La Contraloría concluyó que si bien el Consejo Regional tiene la potestad de determinar el destino que se dará a los recursos del FNDR que correspondan a la región, ello no habilita a los consejeros regionales para participar como jurado en “la evaluación o selección de los proyectos específicos”; y menos aún, añade, resulta procedente que se aprueben transferencias bajo la condición de participar como jurado en las comisiones evaluadoras de proyectos.

Vea texto íntegro del dictamen N° 16828.

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