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Para prevenir la reincidencia.

Senador José Antonio Gómez propone impedir la eliminación de antecedentes penales a condenados por delitos sexuales.

(…)a estos beneficios pueden acceder los condenados por cualquier clase de delitos, incluyendo aquellos que se puedan estimar de entre los “más graves”, como por ejemplo, los delitos sexuales.

6 de mayo de 2011

La moción del senador José Antonio Gómez, expone que existen normas legales y reglamentarias que permiten la eliminación de antecedentes penales, tales como el Decreto Ley Nº 409, de 1932, el Decreto Supremo Nº 64, de 1960, del Ministerio de Justicia, que reglamenta la eliminación de prontuarios penales, de anotaciones, y el otorgamiento de certificados de antecedentes, y el Decreto Ley Nº 3.482, de 1980, que concede indulto, reduce la pena y elimina anotaciones prontuariales a las personas condenadas por los delitos que indica.
Observa luego que las normas citadas condicionan la aplicación de los beneficios de eliminación de antecedentes penales y de omisión de antecedentes penales, pero toma como criterio sólo “la pena asignada en concreto al delito”, y no a una categoría determinada de delitos. En efecto, a estos beneficios pueden acceder los condenados por cualquier clase de delitos, incluyendo aquellos que se puedan estimar de entre los “más graves”, como por ejemplo, los delitos sexuales.
Sostiene que es necesario entonces legislar para excluir de este beneficio a quienes cometan delitos sexuales contra menores o mayores de edad, por cuanto resulta negativo que estas personas “puedan acercarse nuevamente a sus víctimas”, aumentando el peligro de “reincidencia”, ya que se trata de conductas de “muy difícil rehabilitación”.
Con el fin expuesto propone incorporar en los Decretos Leyes Nº 409 y 3.482, que los beneficios allí señalados no se aplicarán a los delitos contemplados en los párrafos 5 a 7, ambos inclusive, del Título VII, del Libro II, del Código Penal.

Vea texto íntegro de la moción.

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