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Iniciativa pasa al Senado.

Cámara de Diputados aprobó veto del Ejecutivo que corrige proyecto de ley que regula el asociacionismo municipal.

La iniciativa establece que las asociaciones municipales estarán bajo la fiscalización de la Contraloría General de la República y les será aplicable el principio de transparencia y las obligaciones establecidas en la Ley N° 20.285, quedando obligadas a poner a disposición del público, a través de sus sitios electrónicos, antecedentes sobre su organización interna, estados financieros, los aportes públicos que reciban, contrataciones y remuneraciones de su personal.

23 de mayo de 2011

La Cámara de Diputados aprobó –con 86 votos a favor y uno en contra-  el veto presidencial que corrige el proyecto de ley que regula el asociacionismo municipal y que hace efectivo el mandato constitucional referido a la facultad que tienen las municipalidades para asociarse entre ellas, como también para constituir o integrar corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, cuyo objeto sea la promoción y difusión del arte, la cultura y el deporte, o el fomento de obras de desarrollo comunal y productivo.
La iniciativa establece que las asociaciones municipales estarán bajo la fiscalización de la Contraloría General de la República y les será aplicable el principio de transparencia y las obligaciones establecidas en la Ley N° 20.285, quedando obligadas a poner a disposición del público, a través de sus sitios electrónicos, antecedentes sobre su organización interna, estados financieros, los aportes públicos que reciban, contrataciones y remuneraciones de su personal.
Sin embargo, en la última etapa de la discusión en el Congreso, el Ministro Secretario General de la Presidencia, Cristián Larroulet, comprometió un veto presidencial para que las asociaciones municipales queden bajo la fiscalización del Consejo para la Transparencia a fin de verificar el cumplimiento de las exigencias de transparencia activa y pasiva.
En tal sentido el veto del Presidente de la República tienen dos alcances: por una parte establecer que las asociaciones municipales podrán ser fiscalizadas por el Concejo Municipal; y, por la otra, sustituir el artículo 149 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que trata de la personalidad jurídica de las asociaciones en referencia, haciendo aplicable a éstas el principio de publicidad de la función pública, contemplado en el artículo 8° de la Constitución Política y en el artículo 1° de la Ley de Transparencia y Acceso a Información Pública.
Corresponde ahora que el Senado se pronuncie sobre el veto presidencial.

Vea texto íntegro del mensaje, informes, tramitación y discusión del proyecto de ley.

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