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Primera sala.

TC se pronunciará sobre la admisibilidad de requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del Código del Trabajo que niega el recurso de nulidad en contra de la sentencia dictada en el segundo juicio.

La decisión, en cuanto a la suspensión del procedimiento, fue acordada con el voto en contra del Ministro Fernández Fredes.

22 de agosto de 2011

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna la última parte del inciso final del artículo 482 del Código del Trabajo.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio laboral de nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones seguido ante un Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
El requirente estima que de aplicársele la norma impugnada se afectan -entre otras garantías constitucionales- la igualdad ante la ley y ante la justicia, por cuanto se produce un desequilibrio entre los litigantes,  toda vez que la norma precitada entrega herramientas jurídicas inexplicablemente dispares al efecto de defender sus intereses y derechos, ya que una sola de las partes ha podido acceder al mecanismo de impugnación de nulidad, a pesar de encontrar ambos en una misma situación de menoscabo.
La decisión, en cuanto a la suspensión del procedimiento, fue acordada con el voto en contra del Ministro Fernández Fredes.
Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de cinco días a las partes de la gestión en que incide el requerimiento. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente en causa Rol 2052.

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