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Tercera sala.

CS confirmó sentencia de la Corte de Concepción que rechazó acción de protección por procedimiento policial.

El organismo informó que su decisión se justificó en las circunstancias del procedimiento policial, sobre todo atendido que el recurrente se dio a la fuga frente a la orden policial de identificarse.

2 de septiembre de 2011

Se dedujo acción de protección en contra de personal policial, por presuntas acciones ilegales al realizar un procedimiento policial por tráfico de estupefacientes y malos tratos en contra del recurrente al momento de ser detenido y posteriormente en el cuartel policial.
El organismo informó que su decisión se justificó en las circunstancias del procedimiento policial, sobre todo atendido que el recurrente se dio a la fuga frente a la orden policial de identificarse.
La Corte de Apelaciones de Concepción desestimó la acción constitucional y la Corte Suprema confirmó el fallo en alzada.
En su fallo, el máximo Tribunal consideró que “la legislación contempla diversos medios para la revisión y control de las actuaciones policiales, caso en el que deberá investigarse y eventualmente adoptarse las medidas correspondientes, actuaciones que no es posible realizar por medio de una acción de cautela”, por lo que la acción intentada contraría la finalidad de otorgar tutela rápida y urgente a derechos indubitados. 

Vea texto íntegro de la sentencia. 

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