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Mediante una declaración pública.

CS reafirma de manera categórica y sin reserva que velará por la independencia de los jueces.

En días pasados, ante las diversas declaraciones emitidas por distintos actores políticos, el pleno de la Corte Suprema emitió una declaración referida en lo fundamental, a la independencia de los jueces. El acta, destaca que “para entender la independencia de los jueces es necesario expresar que tiene un componente interno, según el cual las decisiones […]

2 de noviembre de 2011

En días pasados, ante las diversas declaraciones emitidas por distintos actores políticos, el pleno de la Corte Suprema emitió una declaración referida en lo fundamental, a la independencia de los jueces.

El acta, destaca que “para entender la independencia de los jueces es necesario expresar que tiene un componente interno, según el cual las decisiones que adopte un magistrado sólo pueden estar determinadas por los antecedentes que proporcionen los intervinientes en el juicio; resoluciones que únicamente es posible reformar ejerciendo los recursos legales previstos en cada caso por el legislador”.

Añade que “La independencia está vinculada a la garantía fundamental de los justiciables de tener derecho a un tribunal subjetivamente imparcial, conforme al cual de ninguna manera puede estar presente en la litis un aspecto que vincule al magistrado directa o indirectamente a los resultados del pleito, el cual le es ajeno en todas sus aristas. En consecuencia, el magistrado no puede tener interés, aunque sea remoto, en la decisión que adopte. El juez es un tercero imparcial en la controversia y en dicha calidad resuelve las pretensiones que le formulan las partes interesadas, entre las que pueden estar presentes las de la comunidad o sus autoridades, sin que le sea legítimo tener juicios previamente definidos”. En efecto, “esta Corte Suprema puede compartir o no las decisiones que se adoptan por los magistrados al resolver las situaciones que motivan tales cuestionamientos. Sin embargo, con total firmeza, de manera categórica y sin reserva, expresa que velará por la independencia de los jueces para adoptarlas, como también por el derecho de las partes para obtener su reforma por las vías legales”.

 

 

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