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En relación a las pesquisas de la FNE.

Parlamentario propone agravar las penas de colusión cuando atenten contra el interés colectivo de consumidores.

La moción del Senador Alejandro Navarro expone que los delitos de colusión de las cadenas de Farmacias durante los años 2007 y 2008, denunciados por la Fiscalía Nacional Económica y confesos ante el Tribunal de la Libre de la Competencia, llevó a la defensa de las ilegitimas alianzas a recurrir en el año 2011 ante […]

30 de diciembre de 2011

La moción del Senador Alejandro Navarro expone que los delitos de colusión de las cadenas de Farmacias durante los años 2007 y 2008, denunciados por la Fiscalía Nacional Económica y confesos ante el Tribunal de la Libre de la Competencia, llevó a la defensa de las ilegitimas alianzas a recurrir en el año 2011 ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la que luego de conocer los antecedentes, decidió rechazar sobreseer definitivamente la investigación, que pretende determinar responsabilidades penales en la colusión de precios de los establecimientos farmacéuticos. 
Observa luego que el órgano fiscalizador, actualmente realiza las averiguaciones destinada a determinar la presunta colusión “entre las productoras avícolas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo -que concentran el 92% del mercado-, que habría sido coordinada por la Asociación de Productores Avícolas de Chile A.C. (APA)”. Para ello, el Ministerio Público nombró a Francisco Jacir para que realice las indagaciones pertinentes de la comisión del ilícito. Asimismo, la Fiscalía Nacional Económica, informó que está efectuando labores investigativas, a fin de determinar una eventual colusión de precios de diversos productos de los supermercados pertenecientes al “retail”.
Destaca la iniciativa, que los parlamentarios en distintas oportunidades han intentado tipificar el delito de “colusión” en el Decreto Ley N° 211, de Libre Competencia, sin éxito. Principalmente debido a que el delito se encuentra descrito en el artículo 285 del Código Penal, y que establece penas privativas de libertad que van desde los 61 días a 3 años.
A los fines expuestos, la moción del senador concluye que nada obsta para que este grave delito que afecta el interés colectivo de los consumidores se sancione duramente. Con este objetivo, el proyecto propone modificar la Ley N° 19.496, sobre protección de los derechos del consumidor, agravando las penas establecida en el artículo 35 bis en relación con el artículo 285 del texto penal, hasta en tres grados, cuando comprometa el interés difuso o colectivo de los consumidores.

Vea texto íntegro del boletín N° 8117-03.

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