Noticias

Incorpora REP.

Diputados proponen establecer la responsabilidad del productor en la generación de residuos y desechos en sus procesos productivos.

«los productores deberán evitar la propagación de residuos o desechos que se generen con ocasión del desarrollo de su actividad económica, adoptando todas las medidas necesarias para que se efectúe con el menor impacto medio ambiental posible.”

26 de julio de 2012

La Carta Fundamental consagra expresamente en su artículo 19 N°8 el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y que es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar por la preservación de la naturaleza.
El proyecto de ley, iniciado por moción, de los diputados Bauer, Gutiérrez, Hasbún, Hernández, Moreira, Pérez, Sandoval y Urrutia, expone que “la contaminación es uno de los problemas ambientales más importantes que afectan al país” y el mundo, que provoca perniciosas consecuencias tanto en el medio ambiente como a la salud. Reacción de ello es que “distintos organismos medioambientales y ecologistas, han creado políticas y programas” para combatirlo, en particular la generación de normas que conduzcan a implementación de planes de reciclaje.
Observa luego que cobra vital importancia el concepto de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), esto es -conforme lo ha señalado la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE)- que “los fabricantes e importadores de productos deben asumir un significativo grado de responsabilidad por los impactos ambientales de sus productos a través de todo su ciclo de vida”. A su turno, se torna indispensable “formar una cultura y conciencia nacional en que se debe tener en cuenta que debe ser el generador de residuos el responsable de internalizar y pagar los costos asociados al manejo de los mismos, sumado además a una serie de prevenciones que disminuyan el daño para el medio ambiente”.
A tales fines y con el objeto de incluir el REP en nuestra legislación, proponen incorporar un nuevo artículo 47 bis en la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, de manera tal que se establezca expresamente que «los productores deberán evitar la propagación de residuos o desechos que se generen con ocasión del desarrollo de su actividad económica, adoptando todas las medidas necesarias para que se efectúe con el menor impacto medio ambiental posible.” En tanto, será un reglamento el encargado de establecer “los sistemas de gestión de residuos que debe acoger, cada productor dependiendo de sus características y volúmenes de generación de residuos por cada año”.

Vea texto íntegro de la moción.

RELACIONADOS
* Diputados proponen establecer 2 km. de distancia del radio urbano para la instalación de plantas de tratamiento de aguas servidas…
* Senadores proponen reforma constitucional para que se convoque a plebiscito en materias respecto de las cuales se genere un impacto ambiental de gran magnitud…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *