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Sin fundamento plausible.

TC declaró inadmisible inaplicabilidad que impugnaba norma sobre apelación del auto de apertura de juicio oral.

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba una parte del inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal.La gestión pendiente invocada incide en un recurso de hecho deducido ante la Corte de Apelaciones de La Serena, en contra de una decisión del Juzgado de Letras y de Garantía de Los Vilos […]

6 de agosto de 2012

El TC declaró inadmisible un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba una parte del inciso segundo del artículo 277 del Código Procesal Penal.
La gestión pendiente invocada incide en un recurso de hecho deducido ante la Corte de Apelaciones de La Serena, en contra de una decisión del Juzgado de Letras y de Garantía de Los Vilos que declaró improcedente el recurso de apelación en contra del auto de apertura de juicio oral interpuesto por el requirente.
En su resolución, la Magistratura Constitucional expresa que, examinado el requerimiento, y atendido el mérito de los antecedentes tenidos a la vista, el TC concluyó que la acción constitucional deducida no cumple con la exigencia constitucional según la cual el requerimiento debe encontrarse “razonablemente fundado” y, en los términos aludidos por el numeral 6° del artículo 84 de la LOCTC, carece de fundamento plausible, toda vez que sus fundamentos de hecho se encuentran fuera de los casos y formas a que se refiere la preceptiva cuya aplicación se impugna, cuyo texto alude sólo a la exclusión de prueba, mas no a la agregación, y por motivos de infracción a derechos fundamentales, mas no por razones de pertinencia.
Por otra parte, concluye el TC, la correspondencia entre lo resuelto en la audiencia respecto de las pruebas a rendir y el contenido del auto de apertura es una cuestión que corresponde a la órbita de atribuciones de los jueces del fondo y que no da origen a un conflicto de constitucionalidad de aquellos que deba conocer esta Magistratura en virtud del numeral 6º del artículo 93 de la Carta Fundamental.

Vea texto íntegro del requerimiento y del expediente Rol N° 2239.

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