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Control obligatorio.

TC deberá pronunciarse acerca de la constitucionalidad del proyecto de ley que permite transferir la calidad de sostenedor de establecimientos educacionales.

“que para tener el reconocimiento oficial de un establecimiento de educación parvularia, básica y media, es menester tener un sostenedor, el que podrá ser una persona jurídica de derecho público, tales como municipalidades y otras entidades creadas por ley y las personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto social único sea la educación”.

1 de febrero de 2013

El Senado remitió al TC el proyecto de ley que permite la transferencia de la calidad de sostenedor de un establecimiento educacional, sin solución de continuidad, modificatorio de artículo primero transitorio del decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Educación que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 20.370, contenido en el Boletín Nº 8696-04.
El proyecto de ley, iniciado por moción, permitirá transferir, sin solución de continuidad, la calidad de sostenedor a aquellos que hubiesen obtenido reconocimiento oficial antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 20.370 y que no hayan cumplido las exigencias establecidas en el artículo 46 letra a) del citado DFL, el cual señala “que para tener el reconocimiento oficial de un establecimiento de educación parvularia, básica y media, es menester tener un sostenedor, el que podrá ser una persona jurídica de derecho público, tales como municipalidades y otras entidades creadas por ley y las personas jurídicas de derecho privado cuyo objeto social único sea la educación”.
A su vez, el proyecto dispone que el nuevo sostenedor deberá adecuarse a las exigencias establecidas en el aludido artículo 46 letra a).
El ejercicio del derecho de transferir la calidad de sostenedor podrá ejercerse dentro de un lapso de 12 meses, contados desde la publicación de la ley.
Corresponderá al Pleno del TC pronunciarse respecto de la constitucionalidad de la iniciativa de ley, la que contiene materias propias de ley orgánica constitucional.

Vea texto íntegro del proyecto de ley y del expediente Rol N°2407.
Vea texto íntegro de la moción y tramitación.

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