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Procedimiento se ajustó al reglamento.

Corte de Santiago rechazó acción de protección deducida en contra de Pontificia Universidad Católica de Chile por sanciones aplicadas a estudiantes.

“no se aprecian situaciones arbitrarias por el ente estudiantil recurrido, precisamente por haberse ajustado al procedimiento que prescribe el Reglamento de la Universidad y sobre la base de las evidencias recopiladas durante el curso de la investigación”.

4 de abril de 2013

Se dedujo acción de protección por parte de tres estudiantes de la Pontificia Universidad Católica de Chile en contra de dicha casa de estudios, por cuanto se habrían adoptado a su respecto determinadas sanciones, de manera ilegal y arbitraria, y vulnerando sus derechos a la igualdad ante la ley, la libertad de expresión y el derecho de reunión, a raíz de su actuación durante las manifestaciones por la celebración del aniversario de los 20 años de la Fundación Jaime Guzmán.
La recurrida informó que a raíz de las violencias y daños ocurridos durante las manifestaciones antedichas, se inició un procedimiento para establecer la responsabilidad de los estudiantes que tomaron parte en ella, de conformidad a las normas estatutarias pertinentes. Agregó que el procedimiento no es ilegal ni arbitrario, toda vez que se sustanció conforme al reglamento de la Universidad.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el arbitrio constitucional, señalando, luego de revisar pormenorizadamente las diligencias del procedimiento de investigación que derivó en las medidas adoptadas, que “no se aprecian situaciones arbitrarias por el ente estudiantil recurrido, precisamente por haberse ajustado al procedimiento que prescribe el Reglamento de la Universidad y sobre la base de las evidencias recopiladas durante el curso de la investigación”.

Ver texto íntegro de la sentencia.

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