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No se verifica acto ilegal o arbitrario.

CS confirmó sentencia y rechaza protección contra SERVIU regional.

Se dedujo acción de protección -por parte de un particular- contra el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la región de la Araucanía.

20 de julio de 2014

Se dedujo acción de protección -por parte de un particular- contra el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la región de la Araucanía.

El recurrente estimó vulnerado su derecho a la igualdad ante la ley y de propiedad consagrados en el artículo 19 N° 2 y 24 de la Carta Fundamental, respectivamente, por cuanto el recurrido puso término a su contratación, vigente hasta 31 de diciembre de 2014, mediante Resolución Nº 28 de fecha 24 de abril de 201, luego de haber ingresado al servicio recurrido en su calidad de ingeniero civil industrial, con fecha 01 de agosto de 2011, bajo la modalidad de “contrata”.

La Corte de Apelaciones de Temuco desestimó el recurso de protección.

En su sentencia, teniendo en cuenta los antecedentes consignados por las partes, adujo en esencia que “se colige que la autoridad administrativa denunciada se encontraba legalmente facultada para cesar los servicios a contrata de la recurrente, servicios cuya principal característica es la precariedad en su duración, supeditada a las necesidades de la entidad empleadora, de manera que al acudir la recurrida precisamente a esta causal sólo ha hecho uso de la facultad antes descrita”.

La Corte Suprema, en alzada, confirmó el fallo en todas sus partes.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°16580.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco Rol N°994-2014.

 

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