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CS confirmó.

Corte de San Miguel rechaza amparo contra Juzgado de Garantía de Santiago.

Se dedujo acción de amparo en contra del Décimo Primer Juzgado de Garantía de Santiago, por parte de un particular.

24 de septiembre de 2014

Se dedujo acción de amparo en contra del Décimo Primer Juzgado de Garantía de Santiago, por parte de un particular.

Fundó su libelo, manifestando que por sentencia dictada el 19 de marzo de 2009, el amparado fue condenado a la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, con beneficio de libertad vigilada hasta la audiencia del día 10 de mayo de 2013, en audiencia de revisión de beneficio en que se suspendió dicho beneficio, por cuanto fue formalizado por el delito de robo con intimidación, ante el 2º Juzgado de Garantía de Santiago.

En cuanto a la causa seguida ente el 2º Juzgado de Garantía de Santiago, al ser formalizado se le decretó la prisión preventiva, la defensa solicitó audiencia para discutir la aplicación del artículo 458 del Código Procesal Penal, en dicha audiencia se acompañó certificado extendido por un siquiatra, que señaló que el imputado estaba siendo sometido a un tratamiento farmacológico, desde hacía más de seis meses.

En dicha audiencia la Magistrado Titular, agrega el libelo, ordenó la suspensión del procedimiento, designando curadora legal a la madre del amparado. El día 25 de octubre quedó acompañado al 2º Juzgado de Garantía el informe del Servicio Médico Legal, que señala, en la parte conclusiva, que el amparado, es enajenado mental. Finalmente con esos antecedentes, se realizó la audiencia para determinar la inimputabilidad, se dictó el sobreseimiento definitivo de la causa señalando que el imputado no es un peligro ni para sí ni para terceros.

Por último, sostuvo el recurrente que esta resolución fue apelada por el Fiscal y confirmada por la Segunda Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. De ello no se informó al 11º Jugado de Garantía de Santiago. Por ese motivo se solicitó por la defensa del imputado, audiencia de sobreseimiento. En ella, luego de dar a conocer los motivos del sobreseimiento, se resuelve requerir un nuevo informe al Servicio Médico Legal, para determinar si el imputado debe o no ser internado provisoriamente, circunstancia que el recurrente considera ilegal, por cuanto se pretende reabrir la discusión sobre la inimputabilidad del referido encartado.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo.

En su sentencia, sostuvo en lo grueso que, “del mérito de los antecedentes, se desprende que actualmente no hay medida de apremio alguna en contra del imputado de carácter arbitrario e ilegal, toda vez que la actuación que se reprocha del 11° Juzgado de Garantía de Santiago emanó de un  tribunal competente, en los casos y en el ejercicio de las atribuciones y facultades que expresamente le entrega la ley y la Constitución Política de la República, por lo cual esta Corte es del parecer que no existe medida alguna a adoptar, correspondiendo el rechazo de la acción intentada”.

La Corte Suprema –en alzada- confirmó el fallo en todas sus partes.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°24240-2014.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel Rol N°223-2014.

 

 

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