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TRICEL se pronunciará sobre apelación de sentencia que anuló elección de dirigentes.

Se dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la sentencia definitiva del Tribunal Electoral de la Quinta Región, que declaró nula la elección de Directorio de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de San Antonio.

29 de octubre de 2014

Se dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio en contra de la sentencia definitiva del Tribunal Electoral de la Quinta Región, que declaró nula la elección de Directorio de la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de San Antonio, de la Comuna de San Antonio, de fecha 1 de junio de 2014, solicitando que se rechace la resolución por no haberse acreditado la existencia de vicios en el proceso eleccionario.

Al respecto, el recurrente expuso en su libelo que, con anterioridad al proceso eleccionario impugnado, se había llevado a cabo el día 23 de marzo de 2014 la primera elección de Directorio, la que, arguye, adoleció de vicios durante la etapa de constitución de la directiva, al no concretarse su conformación dentro del plazo legal estipulado.

Y es que, no obstante las medidas e instrucciones que la comisión electoral impartió, el acuerdo de voluntades de los dirigentes electos no se produjo, haciendo imposible su constitución, hecho que invalidó todo el dicho proceso eleccionario.

Por ende, expresa el recurrente que la elección del 1 de junio de 2014, resulta legalmente válida, pues ninguno de sus actos y etapas adolecieron de vicio que irrogara la nulidad de tal.

Corresponderá al TRICEL pronunciarse sobre el recurso de autos.

 

Vea texto íntegro de la sentencia TER y expediente.

 

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