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CED publica informe “Gratuidad en la Educación Superior”.

El Centro de Estudios del Desarrollo (CED) publicó un informe en el que se analizan las principales problemáticas que enfrenta este tema a nivel país.

2 de diciembre de 2014

En el marco de los diversos debates que se han generado en el país respecto a la gratuidad de la Educación Superior (ES), el Centro de Estudios del Desarrollo (CED) publicó un informe en el que se analizan las principales problemáticas que enfrenta este tema a nivel país.

Al efecto, el documento comienza señalando que el artículo 19 N°10 de la Constitución Política, establece el derecho a la educación, donde el fundamento básico está en que el Estado ha establecido la obligatoriedad de la enseñanza parvularia, básica y media. Sin embargo, en el caso de la ES la Constitución Política no exige la obligatoriedad de enseñanza y, por lo tanto, no existe el derecho a exigir su gratuidad. El trato es diferente, su deber se limita al fomento de su desarrollo y a la regulación de una actividad que debe ejercerse en condiciones de equidad, sin discriminación, con plena información a quienes se educan, asegurando un buen nivel de lo que ofrecen los planteles e incluso asegurando la calidad de quienes se incorporan a una actividad laboral. Pero, no hay derecho a la gratuidad desde el momento que es una decisión voluntaria de la persona. La lógica constitucional es implacable, ya que para constituir un derecho social se requeriría una reforma constitucional.

Enseguida, el estudio refiere a que, al igual que todas las actividades productivas, el servicio educacional tiene costos, se deben usar recursos para entregarlo, básicamente humanos. Esos recursos humanos y financieros tienen usos alternativos en otras tareas, ya sea en los diferentes niveles de la enseñanza o en otras responsabilidades del Estado como otorgar o financiar salud, previsión social, obras de infraestructura o seguridad pública. Es decir, la ES compite con mejorar la cobertura y calidad de los parvularios, donde básicamente se define el porvenir de quienes se educan, o con la cantidad de ambulancias disponibles en los consultorios de salud. En estos casos, entregar gratuidad a los estudiantes de los sectores del 5% de más altos ingresos de la población, corre en seria desventaja.

Enseguida, el documento señala que, a partir de las reformas propuestas por el actual gobierno de la Presidenta Bachelet, la gratuidad universal y efectiva de la educación superior, es un proceso que tomará 6 años. Por lo tanto, la gratuidad universal sería el 2020, sin explicar cómo puede dejar amarrado este último compromiso sin estar en el período de su Administración.

En ese sentido, se destaca la importancia que tiene este aspecto frente al debate actual, pues se ha mencionado que los de altos ingresos eventuales favorecidos por la gratuidad, devolverán al Estado los recursos públicos gastados en su educación pagando mayores impuestos que si no hubieran recibido educación superior. No obstante, el estudio enfatiza que dicho argumento es totalmente incorrecto, si se sostiene que una premisa central en materia de equidad tributaria es gravar con iguales tributos a similares ingresos, con independencia del origen de la renta, aparte obviamente de la necesaria progresividad que debe tener el sistema; es el principio de la equidad horizontal propio de un justo sistema impositivo.

Por lo tanto se concluye en esencia, en este desembolso, quien ES recibió es gratuita no está pagando nada por la gratuidad, solo contribuye lo mismo que quien solo recibió educación media o anteriormente pagó el costo de su enseñanza universitaria.

 

Vea texto íntegro del documento.

 

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