Noticias

CS confirmó.

Corte de Santiago rechaza protección deducida por Junta de Vecinos contra Servicio de Evaluación Ambiental.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

17 de abril de 2015

Se dedujo acción de protección –por parte de la Junta de Vecinos Población El Maitén- en contra de la Directora Ejecutiva Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental y en contra del Intendente de la Región Metropolitana.

La recurrente estimó vulneradas las garantías constitucionales previstas en los numerales 2°, 8° y 24 de la Carta Fundamental,  en virtud de la dictación por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de la Resolución Exenta N° 294/2014, por medio de la cual se dejan sin efecto considerandos específicos de la Resolución Exenta N° 479/2001, lo que implica revocar la exigencia de construir el camino alternativo Silva Carvallo y establece como ingreso definitivo al Relleno Sanitario Santiago Poniente, la alternativa, Camino Rinconada, que era, inicialmente, sólo acceso provisorio, obligación que se impuso el mismo titular del proyecto, como medida de mitigación en beneficio de los vecinos de dicha comuna.

Enseguida, manifestó la actora que lo anterior resultaría  arbitrario e ilegal, por cuanto a través de una simple Declaración de Impacto Ambiental se pretende dejar sin efecto una Resolución que, previa Evaluación de Impacto Ambiental, se encuentra vigente  desde hace más de trece años, sin que su titular haya dado cumplimiento a las obligaciones que le imponía  el proyecto original, habiendo además sido objeto de diversos procesos infraccionales, consiguiendo finalmente su objetivo, esto es,  que por medio del decreto impugnado se le releve de la obligación de construcción del camino Silva Carvallo, actos que excederían las facultades del órgano ambiental competente, además, por haber operado en la especie la caducidad del derecho a reclamar respecto a la Resolución ambiental original, que contemplaba la construcción del mencionado camino, por no haber sido reclamada oportunamente.

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección; decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada.

En su fallo, adujo en esencia el máximo Tribunal que, considerando lo estatuido en las disposiciones transcritas precedentemente y la circunstancia de que la Junta de Vecinos recurrente intervino en el procedimiento administrativo de evaluación ambiental formulando observaciones, se ha de concluir necesariamente que dicha parte ha gozado del derecho a recurrir en contra de la decisión objetada en estos autos ante el Comité de Ministros para enseguida hallarse, una vez agotada la vía de impugnación administrativa, en situación de ocurrir ante los Tribunales Ambientales, actuaciones que deben ser entendidas como parte de la secuencia lógica de su intervención en el referido procedimiento.

La sentencia fue acordada con la prevención de la Ministra Egnem, quien concurrió a la decisión confirmatoria teniendo únicamente presente que, del análisis del recurso interpuesto, la contienda traída a esta sede por su naturaleza no corresponde a una materia que deba ser dilucidada por la vía de la presente acción cautelar, en tanto ésta no constituye una instancia de declaración de derechos sino que de protección de aquellos que, siendo preexistentes e indubitados, se encuentren afectados por alguna acción u omisión ilegal o arbitraria y, por ende, en situación de ser amparados, presupuesto indispensable que en la especie no se configura, existiendo en la actualidad toda una institucionalidad ambiental llamada a dilucidar y resolver los conflictos jurídicos de la especie y naturaleza del que ocupa este análisis.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N°707-2015.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol N°48349-2014.

 

 

RELACIONADOS

*Corte de Temuco dicta sentencia y rechaza protección deducida por Comunidad Indígena en contra del SEA…

*Corte de Valdivia rechazó protección deducida por comunidades indígenas contra SEA…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *