Con voto en contra.
TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto que reformula distribución de causas y erradica sistema de turnos.
La decisión fue acordada, en cuanto a la calificación de Ley Orgánica del proyecto, con el voto en contra de los Ministros Carmona y García.

El TC declaró constitucionalidad de normas contenidas en proyecto DE ley que modifica el Código Orgánico de Tribunales en materia de distribución de causas y asuntos de jurisdicción voluntaria (Boletín 9679-07).
Al efecto, cabe recordar que la iniciativa tuvo su origen en una moción de los senadores Allende, Araya, De Urresti, Harboe y Quinteros, y tiene como propósito asegurar una distribución equitativa de la carga de trabajo entre tribunales equivalentes, erradicando el actual sistema de turnos que se utiliza para distribuir las causas que ingresan a tramitación judicial, estableciendo, en su lugar, un método informático de distribución.
En su sentencia, y en torno a de las normas del proyecto referidas a materia propias de ley orgánica constitucional, aduce la Magistratura Constitucional que las normas introducidas por el proyecto se insertan en el Título VII del Código Orgánico de Tribunales, relativo precisamente a la “Competencia” que corresponde a los órganos jurisdiccionales, en razón del elemento territorial que sirve de base para delimitar el ejercicio de sus atribuciones.
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