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A segundo trámite.

Cámara despachó proyecto que sanciona colusión con penas de cárcel.

Despachada por la Cámara de Diputados, la iniciativa pasó a su segundo trámite constitucional en el Senado.

13 de noviembre de 2015

La Cámara de Diputados, con el voto favorable de 106 diputados, aprobó el proyecto (boletín 9950), iniciado por mensaje, que modifica el decreto ley 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa contempla penas de entre 5 y 10 años de cárcel, y multas consistentes en el doble del beneficio obtenido fraudulentamente o el 30% de las ventas en el período de colusión de la empresa implicada.

En la oportunidad, el presidente de la instancia, diputado Soto, sostuvo que “para que la legislación opere como un real disuasivo los actores económicos deben saber que existe la posibilidad concreta de pagar con cárcel por este tipo de conductas, lo que se podía evitar en ciertos casos por la aplicación de atenuantes”.

Asimismo, el proyecto aplica los criterios de la denominada Ley Emilia a los actos colusorios, asegurando así al menos un año efectivo de cárcel antes de que los responsables puedan acceder a formas alternativas de cumplimiento de penas, como asimismo restringir los beneficios otorgados por la delación compensada, «porque hasta ahora existían para el primer, segundo, tercer y hasta cuarto delator, lo que no nos pareció razonable.

Despachada por la Cámara de Diputados, la iniciativa pasó a su segundo trámite constitucional en el Senado.

 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis.

 

 

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