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En primer trámite.

Proponen endurecer tratamiento de penas para extranjeros.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

24 de diciembre de 2015

La moción de los diputados Núñez, Monckeberg, Nogueira, Ward; y Cicardini, propone perfeccionar la legislación que aborda el tratamiento de penas para extranjeros, sean estos residentes o no en el país.

Al efecto, los autores de la iniciativa expresan que en la Ley 18.216 se establece una regla especial que pasa por la sustitución de penas para aquellos extranjeros que no residan legalmente en el país, consistente en la expulsión del territorio nacional. La norma, sin embargo, solo comprende los delitos cuya pena sea igual o inferior a cinco años o a la reclusión menor en su grado máximo. De tal suerte, quedan excluidos de dicha norma los delitos de mayor gravedad sancionados con pena de crimen, tales como el homicidio, el robo con fuerza o el robo con violencia.

De esa forma, la moción establece que si el condenado por simple delito fuese un extranjero que no reside legalmente en el país, el juez, de oficio o a petición de cualquiera de los intervinientes podrá sustituir la pena por la expulsión de aquel del territorio nacional.

Asimismo, el proyecto expresa que si el condenado por un crimen fuere un extranjero que residiere legalmente en el país, se procederá en los mismos términos que lo recién señalado. «Si el juez sustituye la pena por expulsión del territorio nacional, por el solo mérito de la sentencia condenatoria firme que la ordene se entenderá revocado el permiso de residencia de que gozare el condenado.

Finalmente, la moción arguye que el condenado extranjero al que se le aplicará la pena de expulsión no podrá regresar al territorio nacional en un plazo de diez años, contado desde la fecha de la sustitución de la pena; pero si la pena privativa de libertad que le hubiese correspondido fuese superior, la prohibición se extenderá a la mayor duración que ella hubiere tenido. En caso que el condenado regresare al territorio nacional dentro del plazo recién señalado, se revocará la pena de expulsión, debiendo cumplirse el saldo de la pena privativa de libertad originalmente impuesta.

La iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

 

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