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Segunda sala.

TC se pronunciará respecto de admisibilidad de inaplicabilidad que impugna norma sobre medidas alternativas.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de amenazas y de porte ilegal de municiones, de que conoce vía recurso de nulidad, la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

17 de marzo de 2016

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna el inciso 2º del artículo 1º de la Ley Nº 18.216, que establece medidas sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad.

La gestión pendiente invocada incide en autos sobre delito de amenazas y de porte ilegal de municiones, de que conoce vía recurso de nulidad, la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En su requerimiento, el actor sostuvo que se transgredían los artículos 1º y 19 Nº 2 y Nº 3 de la Constitución, citando adicionalmente los artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y los artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Lo anterior, fundamentalmente porque el precepto legal atacado establece una diferencia de trato entre personas que se encuentran en una situación similar, diferencia que carece de razonabilidad y es por tanto arbitraria, al tiempo que afecta igualmente el principio de proporcionalidad de las penas.

Para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala designada por el Presidente del TC confirió traslado por el plazo de diez días a las partes de la gestión invocada. En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

 

 

Vea texto íntegro del requerimiento y expediente Rol N° 2995-16.

 

 

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