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Debido proceso.

Proyecto establece naturaleza de los plazos en procesos ante Tribunales Ambientales.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

12 de agosto de 2016

La moción de los diputados Andrea Molina, Ramón Barros, Romilio Gutiérrez, Javier Hernández, María José Hoffmann, Issa Kort, Celso Morales, David Sandoval, Enrique van Rysselberghe y Felipe Ward, expone la necesidad de respetar el debido proceso y la importancia que tienen los plazos dentro de este, en el sentido de que no hagan ilusorio este derecho fundamental.

Observa luego que así como la existencia de plazos que permitan a las partes poder actuar razonablemente en el proceso, también es de vital importan la preclusión, ya que dicha institución contribuye a la idea de certeza jurídica.

Al efecto, los autores de la iniciativa arguyen que en los procesos seguidos ante los tribunales ambientales no hay certeza sobre la naturaleza de los plazos y algunos tribunales han aplicado de manera supletoria lo dispuesto por el Código Civil respecto a que computan los días como si fueran corridos, no obstante, otros tribunales sostienen una posición distinta, ante lo cual resulta imperativo tener seguridad respecto a la naturaleza de los plazos.

En ese sentido, proponen que los plazos sean de días hábiles; suspendiéndose su cómputo los días domingos y festivos, salvo que el tribunal, por motivos justificados, haya dispuesto expresamente lo contrario.

Por las razones expuestas, el proyecto de reforma a la Ley 20.660 que crea los Tribunales Ambientales propone incorporar un nuevo artículo 23 bis a dicha ley.

Corresponde ahora que la iniciativa sea analizada por la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados.

 

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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