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Por unanimidad.

Corte de Valdivia confirmó sentencia y ordena a supermercado indemnizar a clienta que sufrió accidente.

El Tribunal de alzada confirmó la resolución del Juzgado de Policía Local de Osorno.

6 de septiembre de 2016

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó –el viernes 1 de septiembre– el fallo de primera instancia que  ordenó a la administradora del Supermercado Hiper Limitada pagar una indemnización por concepto de daño emergente y daño moral, a Nancy González Veloso, quien sufrió un accidente al interior del estacionamiento del establecimiento comercial, que le provocó una fractura en una de rodilla, el 7 de septiembre de 2015.

En su sentencia, el Tribunal de alzada confirmó la resolución del Juzgado de Policía Local de Osorno, que ordena a la demandada pagar $1.132.650 a González Veloso, por daño emergente, pero rebajó la multa impuesta de 5 a 3 millones de pesos por daño moral.

De ese modo, la sentencia expone que corresponde resarcir a la demandante, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3, letra e) de Ley N° 19.496 de protección de los derechos de los consumidores, que establece "el derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contraídas por el proveedor, y el deber de accionar de acuerdo a los medios que la ley le franquea".

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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