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LyD publicó “La Araucanía: Estado de derecho y mecanismos de presión”.

El texto aduce que en el caso de Francisca Linconao, la utilización de la huelga de hambre como medida de presión no sería algo nuevo.

16 de enero de 2017

El Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), en su sección Temas Públicos, publicó el documento “La Araucanía: Estado de derecho y mecanismos de presión”.

El texto sostiene que en las últimas semanas ha sido posible ver una fuerte campaña en favor de la machi Francisca Linconao, una de las procesadas por el crimen del matrimonio Luchsinger-Mackay, que hasta hace pocos días cumplía con la medida de prisión preventiva decretada por la Corte de Temuco.

Se señala que en opinión del Fiscal Nacional, Jorge Abbot, detrás de estas acciones estarían ciertos organismos internacionales y la defensa de los acusados, quienes actuarían de esta forma con el objeto de “enfrentar la causa para tratar de quitarle valor antes del inicio del juicio, de modo de sentar un prejuicio en los jueces, con el objeto de obtener una sentencia absolutoria que no obtendrían en el evento de no tener esta campaña previa”.

Estas declaraciones son de extrema gravedad, indica el documento, ya que no provienen de particulares, sino de la máxima autoridad del Ministerio Público.
El que la defensa de Linconao busque modificar la medida de prisión preventiva por la medida cautelar de arresto domiciliario, es algo esperable y normal; sin embargo, la participación de parlamentarios de la Nueva Mayoría y diversos funcionarios de Gobierno, como el Intendente de La Araucanía o la Subsecretaria del Ministerio de la Mujer, pone en entredicho la debida separación de poderes que debe existir en un Estado de Derecho, sostiene LyD.

Y es que a fines de diciembre pasado, y con el propósito de influir en la determinación que deben tomar los jueces respecto de la solicitud presentada para que se pusiera término a la medida de prisión preventiva, Francisca Linconao inició una huelga de hambre a la cual posteriormente se plegaron cinco internos de la cárcel de Temuco.

La utilización de esta medida de presión no es nueva, existen casos a nivel internacional y nacional.

El texto aduce que en el caso de Francisca Linconao, la utilización de la huelga de hambre como medida de presión no sería algo nuevo, ya que en junio de 2016 se anunció el inicio de otra huelga, derivada de la negativa de la Corte de Temuco a autorizar su salida de la cárcel para participar en la ceremonia del año nuevo mapuche, lo que finalmente se autorizó.

En opinión de LyD, ello resulta altamente inconveniente, ya que se trata de una persona formalizada por su participación en el crimen de dos ancianos al interior de su propiedad

Lo anterior supone una interpretación del artículo 19 N° 7 de la Constitución respecto de la excarcelación de personas inculpadas de delito terrorista, y que entre otros, fue sostenida por el Partido Comunista y presentada al Ministro del Interior, se señala.

Lo anterior, continúa LyD, se ve agravado por la estrategia judicial utilizada por el Ministerio del Interior y el envío de un abogado externo para que estuviese presente en la audiencia, donde finalmente se decidió modificar la prisión preventiva por arresto domiciliario, pese a la existencia de abogados de la zona que están sosteniendo la querella por encargo del Gobierno.

De esa forma, se concluye instando a que el juicio pueda llevarse a cabo de manera adecuada y sean los Tribunales de Justicia quienes se pronuncien de manera soberana e independiente, sin presiones ni la injerencia de elementos externos o de los demás poderes del Estado.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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