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En fallo unánime.

Corte de Valdivia confirmó sentencia y ordena a empresa de telecomunicaciones indemnizar por despido injustificado.

El fallo condenó a la empresa Telefónica del Sur S.A., a pagar una indemnización superior a los 5 millones de pesos.

2 de febrero de 2017

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdi.via rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra del fallo que condenó a la empresa Telefónica del Sur S.A., a pagar una indemnización superior a los 5 millones de pesos por el despido injustificado de Karin Marjorie la Barrera Sobarzo.

En su sentencia, se expone que quien recurre centra el argumento que sustenta esta causal de nulidad en la circunstancia de que aunque se tuvo por acreditada la baja en la clientela que se atendía presencialmente en la sucursal de su representada -ubicada en Valdivia- el sentenciador determinó que no se desprendía de aquella, ni de ninguno de los hechos que se tuvieron por establecidos, la existencia de un "ingrediente económico", al momento de decidir el despido de la actora.

Y es que, no obstante aquello, de la lectura del penúltimo párrafo del motivo 4° de la sentencia, queda en evidencia que también hubo otro componente que permitió acoger la acción, atento su tenor literal, que es el siguiente: "Inclusive, de los antecedentes bien puede desprenderse que la empresa aprovechó la baja de clientela en cuanto a atenderse presencialmente, para eliminar a la demandante, pero la verdadera razón conforme a lo declarado por los testigos está en su mal desempeño y mala atención a la clientela, lo cual en caso alguno puede transformar en procedente una causal que, a todas luces, no lo es" y, por tales circunstancias, de acuerdo a lo razonado, no se puede alterar o cambiar la calificación jurídica de los hechos aunque se valide el único argumento que sustenta el recurso, porque la decisión de ponerle término a la relación laboral también tiene sustento en otro factor, que no es económico, motivo que obliga a rechazar el recurso de nulidad, concluye en síntesis el Tribunal de alzada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

 

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