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Ante solicitud de diputado Hasbún.

CGR se abstiene de pronunciarse sobre inasistencia a comisión especial investigadora de ex intendente de la Región de La Araucanía.

La Contraloría indica que considerando que el pronunciamiento solicitado se refiere al ejercicio de atribuciones de la Cámara de Diputados y a la evaluación de aspectos de mérito de la decisión administrativa, no le corresponde emitir pronunciamiento.

15 de febrero de 2017

Se solicitó un pronunciamiento a la Contraloría General de la República –por parte del diputado Gustavo Hasbún- acerca de la inasistencia del entonces Intendente Regional de La Araucanía, señor Andrés Jouannet Valderrama, a una sesión de la Comisión Especial Investigadora de la Cámara de Diputados creada para el análisis de los actos de Gobierno en relación a la situación de inseguridad que se vive en dicha región, que se realizó el 10 de junio de 2016.
El subrogante de la autoridad regional informó que ésta fue invitada, no citada, a una sesión de la comisión, excusándose formalmente de participar en ella, por estar comprometida, para el mismo día, su asistencia al Palacio de La Moneda, actividad a la que tampoco pudo concurrir por tener que priorizar su presencia en otros puntos de la región, ante la ocurrencia de hechos intempestivos que alteraron el orden público.
Al respecto, el ente de control hace presente que el título V de la LOC N° 18.918, del Congreso Nacional, regula la creación y funcionamiento de comisiones especiales investigadoras por la Cámara de Diputados, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno. Añade que en similares términos, el reglamento de la cámara fiscalizadora reitera esa preceptiva.
En ese sentido, indica que considerando que el pronunciamiento solicitado se refiere al ejercicio de atribuciones de la Cámara de Diputados y a la evaluación de aspectos de mérito de la decisión administrativa, no corresponde que la Contraloría emita el pronunciamiento solicitado, en razón del Capítulo X de la Carta Política y la LOC N° 10.336, de la Contraloría General (aplica el criterio contenido en sus dictámenes N°s. 5.940 de 2000; 10.459 de 2007, y 72.414 de 2014).
Por último, el órgano contralor expone que, de la documentación tenida a la vista, se advierte que el ex intendente asistió, en el mes de julio pasado, a una sesión de la mencionada comisión investigadora, como asimismo, que mediante el decreto N° 1.665 de 2016, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se aceptó la renuncia voluntaria a su cargo de intendente.

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 2.188 de 2017.

 

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