Noticias

Futuras presentaciones serán archivadas.

CGR desestimó reconsiderar dictamen sobre salud de funcionario de la Armada para desempeñarse en sus labores.

En la medida que no aporte elementos de juicio distintos a los esgrimidos hasta ahora, será archivada toda nueva solicitud.

17 de abril de 2017

Se solicitó a la Contraloría General de la República –por parte de un ex funcionario de la Armada- la reconsideración del dictamen Nº N° 42.287, de 2016, pues en su opinión, habría correspondido que se le hubiera otorgado licencia médica por su dolencia.

Al respecto, el ente de control indicó que en el citado dictamen se señaló, por una parte, y en lo que interesa, que de conformidad con lo expresado en su oportunidad por esa entidad castrense, la condición de salud del recurrente no le impedía desempeñar sus labores, de manera que no se le concedió el referido beneficio estatutario y, por la otra, que el otorgamiento de tal reposo, que permite al personal ausentase o reducir su jornada de trabajo, es una decisión vinculada con la ponderación de elementos técnicos que realiza el profesional autorizado para conferirla, no siendo procedente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 21 B de la ley N° 10.336.

En consecuencia, sostiene que considerando que las nuevas alegaciones formuladas por el interesado, no permiten modificar el citado dictamen N° 42.287 de 2016, se ratifica.

En cuanto a la facultad de la referida comisión para practicarle un tratamiento médico y después informar sobre su capacidad para continuar en la institución, la Contraloría expresa que la documentación tenida a la vista, consta que ese órgano colegiado, en el mes de diciembre de 2013, sometió al peticionario a tratamiento médico en un hospital institucional, y con fecha 10 de diciembre de 2014, informó a la anotada dirección que aquel se encontraba apto para el servicio, lo que se ajustó a la normativa que regula la materia.

Por consiguiente, en atención a lo antes expuesto, el órgano contralor advierte que consta que la aludida evaluación fue afinada el día 15 de septiembre de 2014 -fecha en que el ex funcionario fue notificado del rechazo del recurso de apelación interpuesto ante la Junta de Apelaciones de Oficiales-, que aun de haberse configurado un vicio que hubiese incidido en su licitud, en la actualidad la jefatura respectiva de la Armada no podría invalidar la resolución de la mencionada junta, por medio de la cual fue ubicado en la reseñada nómina, pues el plazo para ello se encuentra vencido.

Finalmente, y considerando que el cese del peticionario se produjo por su inclusión en la lista anual de retiros del año 2014, y no por su estado de salud, la CGR hace presente que cualquier futura presentación que formule acerca de la misma materia, en la medida que no aporte elementos de juicio distintos a los esgrimidos hasta ahora, será archivada, según el criterio contenido en sus dictámenes Nos 10.563 de 2015 y 36.470 de 2016.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen Nº 11.697 de 2017.

 

 

RELACIONADOS
* Juzgado de Letras de Punta Arenas ordenó a la PDI incorporar a funcionaria desvinculada por supuesta salud incompatible…

* CGR se pronuncia sobre decisión de Comisión Médica que declaró incompatibilidad de salud para desempeñarse en Gendarmería…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *