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LyD publicó “Actuaciones Discrecionales del SII”.

La solución planteada apunta a modernizar el Servicio para evitar capturas políticas futuras y garantizar su independencia.

6 de mayo de 2017

El Instituto Libertad y Desarrollo (LyD), en su sección Temas Públicos, publicó el documento “Actuaciones Discrecionales del SII”.

En el documento, LyD recuerda que el 21 de abril de 2017, la Contraloría General de la República emitió un pronunciamiento respecto de una solicitud presentada por dos particulares para que se revisara la legalidad de las actuaciones del Servicio de Impuestos Internos (SII) en materia de recopilación de antecedentes y ejercicio de las facultades que permiten al Director del Servicio optar frente a una infracción tributaria que pudiera ser sancionada con multa o pena privativa de libertad (Véase relacionado).
Enseguida se señala que, coincidentemente, pocos días antes del dictamen de la Contraloría, el Servicio de Impuestos Internos notificó a diversas empresas vinculadas a supuestos financiamientos irregulares de campañas políticas para que se presentaran ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros con el objeto de presentar sus descargos o allanarse al cobro de multas por infracciones tributarias, criterio comúnmente utilizado por el SII, y que sin mayor justificación fue modificado al de la vía penal por el actual Gobierno.

Cabe señalar que el artículo 162 del Código Tributario establece que la acción penal para los delitos tributarios recae exclusivamente en el Servicio de impuestos Internos.

Sin embargo, y tomando como base un anterior dictamen del propio órgano contralor, se señala, aduce Lyd, que si bien la facultad que posee el Director del SII es discrecional, es indispensable que las decisiones que se tomen en virtud del artículo 162, tengan un fundamento racional debido a que en virtud del principio de juridicidad las decisiones deben de obedecer a criterios objetivos que le otorguen legitimidad y no a meros caprichos de la autoridad.

A continuación, se expresa que hasta antes de este Gobierno, el Servicio de Impuestos Internos destacaba por ser una institución de gran profesionalismo y rigor técnico en el desarrollo de su labor, reputación que puntualmente ha sido cuestionada por diversos sectores en los casos de financiamiento irregular de la política debido a las presiones políticas recibidas desde La Moneda para influir en sus decisiones.

Por esto, resulta esencial, se indica en el estudio, que se den a conocer los fundamentos que existieron al momento de presentar querellas por supuesto financiamiento irregular de la política contra algunas empresas y políticos, y del mismo modo explicitar cuáles fueron los fundamentos que se tuvieron en muchos otros casos para desechar la vía penal y utilizar los otros mecanismos administrativos que contempla la ley.

Solo de esta forma, agrega el texto, será posible contrastar si se utilizó el mismo criterio en todos los casos y si verdaderamente el SII obró de manera imparcial y sin discriminaciones arbitrarias durante los últimos años.

Por lo tanto, se manifiesta que para resguardar la igualdad ante la ley y el Estado de Derecho es indispensable que se den a conocer los criterios que sustentan las querellas y actuaciones llevadas adelante en el último período.

Conforme a lo anterior, LyD concluye aduciendo que es necesario modernizar el Servicio para evitar capturas políticas futuras y garantizar su independencia, y una forma sería poniendo a la cabeza del SII a un órgano colegiado que propenda a una administración técnica, enfocada en los objetivos de fiscalización y recaudación.

 

Vea texto íntegro del estudio.

 

 

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