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Derechos Humanos.

En el día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer mecanismos internacionales solicitan planes de acción para erradicarla.

La CIDH sostiene que la ley internacional de derechos humanos prohíbe estrictamente la violencia de género, incluidas todas las formas de violencia sexual contra la mujer.

22 de noviembre de 2017

La Relatora Especial de la ONU sobre Violencia contra la Mujer y mecanismos globales y regionales sobre derechos de las mujeres para erradicar la violencia de género contra las mujeres, con enfoque en acoso sexual y violación, piden la intensificación de los esfuerzos para la implementación de instrumentos internacionales y regionales sobre la violencia de género contra las mujeres, a través de planes de acción nacional actualizados y fortalecidos, en línea con la nueva recomendación general de la CEDAW No. 35 sobre la violencia de género contra la mujer.
La CIDH sostiene que la ley internacional de derechos humanos prohíbe estrictamente la violencia de género, incluidas todas las formas de violencia sexual contra la mujer, incluida la Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (DEVAW), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) , y tratados regionales, tales como: la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará); el Protocolo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los Derechos de las Mujeres en África (Protocolo de Maputo); y el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica (Convenio de Estambul).
A continuación plantea que la violencia de género contra mujeres y niñas, incluidas todas las formas de violencia sexual, acoso sexual y violación, es una pandemia mundial y una grave violación de los derechos humanos. Se estima que una de cada tres mujeres ha experimentado violencia sexual durante su vida y dos de cada tres mujeres han experimentado violencia física y / o sexual por parte de una pareja íntima.
La CIDH manifiesta que a pesar de las mejoras en la sensibilización colectiva sobre la prohibición de todas las formas de violencia de género, incluida la violencia sexual, el acoso sexual y la violación, las mujeres de todo el mundo siguen siendo víctimas de agresiones sexuales, violaciones, amenazas o toques inapropiados, al menos en uno o más casos en su vida y la mayoría de estos casos rara vez llegan a la atención pública, o son llevados ante la justicia. Muchas víctimas experimentan una revictimización debido a una cultura que generalmente las culpa a través de los medios y una sociedad que tiende a estigmatizarlas, lo cual les impide denunciar.
En este sentido, agrega la Comisión, mecanismos* celebran la adopción, en julio de 2017, por parte del Comité de la CEDAW, de la recomendación general No. 35 sobre violencia de género contra la mujer, actualizando la recomendación general No. 19 de 1992.
Así, señala la CIDH la recomendación general No. 35 sobre la violencia de género declara la prohibición de la violencia de género contra la mujer como una norma reconocida del derecho internacional consuetudinario y proporciona una hoja de ruta mundial integral que debe implementarse a nivel nacional.
Como resultado, arguye, los Estados tienen el deber de armonizar y aplicar su legislación nacional de acuerdo con la orientación concreta proporcionada por la recomendación general No. 35 y otros instrumentos internacionales y regionales pertinentes.
En este sentido, añade la CIDH, los mecanismos*  también celebran la adopción, en mayo de 2017, por parte de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, de las nuevas Directrices para Combatir la Violencia Sexual y sus Consecuencias en África. Las Directrices son herramientas regionales prácticas para combatir la violencia de género, incluida la violencia sexual, y complementan, de manera efectiva y oportuna, la recomendación general CEDAW No. 35.
Por lo tanto, los expertos instan a los Estados a adoptar y aplicar estas normas a nivel nacional mediante la adopción de la nueva generación de planes de acción nacionales para la eliminación de la violencia de género, incluidas todas las formas de violencia sexual, basadas en la recomendación general No.35 e instrumentos regionales relevantes.

 

(*) El grupo de las Naciones Unidas y los mecanismos regionales de derechos humanos de la mujer:
Dubravka Šimonovic, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias.
Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Grupo de Trabajo sobre la discriminación contra la mujer en la legislación y en la práctica.
Grupo de Expertas del Consejo de Europaen la Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (GREVIO).
Lucy Asuagbor, Relatora Especial sobre los Derechos de las Mujeres en África de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
Margarette May Macaulay, Relatora sobre los Derechos de las Mujeres de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará (MESECVI).

 

Vea texto íntegro del comunicado

 

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