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En fallo dividido.

CS acoge protección de funcionarios municipales de Calama por la no renovación de contratas.

El máximo Tribunal confirmó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que acogió la acción cautelar.

28 de febrero de 2018

En fallo dividido, la Corte Suprema acogió el recurso de protección presentado por funcionarios municipales de Calama por la no renovación de contratas para el año 2017.
La sentencia sostiene que la no renovación de las contratas de los recurrentes, dispuesta con fecha 30 de diciembre de 2016, afectó, a lo menos, la garantía de igualdad ante la ley, al haberlos discriminado arbitrariamente en comparación a otros empleados que, desempeñándose en condiciones equivalentes, tienen, a lo menos, la prerrogativa, según lo dictaminado por la Contraloría General de la República, de conocer con treinta días de anticipación a la fecha de término de sus contratas, que sus vinculaciones no serían renovadas.
La resolución agrega que se confirma en lo apelado, la sentencia de veinticinco de octubre de dos mil diecisiete, con declaración que el recurso de protección queda además acogido en cuanto a disponer el pago de las remuneraciones correspondientes al tiempo en que los recurrentes estuvieron separados de sus funciones.
Decisión adoptada con el voto en contra de la Ministra Rosa Egnem, quien fue de parecer de no imponer esa carga a la recurrida. La Ministro mencionada, en cuanto al fondo, previene que sólo estuvo por confirmar la sentencia apelada de acuerdo a sus términos.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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*CS confirmó sentencia que rechazó protección deducida por trabajadores a honorarios por propuesta de traspasos a modalidad de contrata que reduciría sus remuneraciones.
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