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En forma unánime.

Corte de Puerto Montt rechazó nulidad contra sentencia que acogió reclamo de multa impuesta por Inspección Provincial del Trabajo.

Debido a error de hecho del fiscalizador.

1 de marzo de 2018

La Corte de Puerto Montt rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la reclamada en contra de la sentencia que declaró ha lugar el reclamo de la multa, por existir error de hecho del fiscalizador al estimar que el local comercial tiene la obligación de tener dos vías de escape y no una.
La sentencia del Tribunal de alzada determinó que, como se aprecia en la sentencia de la instancia recurrida, de las probanzas incorporadas al juicio, se hizo un detalle de las mismas, con el correspondiente análisis a todo lo atingente; partiendo de la base el sentenciador, que lo discutido y resuelto, fue la naturaleza de la multa cursada, conclusiones éstas que se dejaron asentadas con la debida motivación, luego del análisis de las disposiciones aplicables en la especie de la sentencia recurrida de nulidad.
Así, el sentenciador del grado, respecto de las argumentaciones expuestas en la aplicación de multa, en pleno y exclusivo ejercicio de las facultades otorgadas por la legislación laboral arribó a la decisión de acoger las pretensiones de la reclamante, sin que por la vía del recurso de nulidad sea posible ponderar las probanzas incorporadas a la audiencia del juicio, ni menos analizar o desestimar los hechos acreditados en el ejercicio de la labor jurisdiccional que le es propia.

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

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