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En fallo unánime.

Corte de Arica acoge protección contra apoderada que retaba a alumno en el patio del Colegio.

El Tribunal de alzada acogió la acción judicial presentada por una madre del Colegio Andino, cuyo hijo fue víctima- el pasado 14 de marzo- del maltrato de la apoderada recurrida.

17 de abril de 2018

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Arica acogió el recurso de protección y ordenó a una apoderada del Colegio Andino abstenerse de "conductas directas" a estudiantes de este establecimiento, ello luego que la mujer increpara a un alumno por juntarse y jugar con su hijo.
La sentencia sostiene que negando la recurrida la real existencia de la acción que da origen a este recurso de protección, resulta útil para la resolución de este arbitrio examinar lo que la directora del Colegio ha informado a esta Corte, quien describe como ciertas las conductas atribuidas a la apoderada recurrida, ahondando más en las mismas en los documentos que se acompañan, que dan cuenta de llamados de atención a viva voz en forma agresiva al menor respecto de quien se recurre de protección, actitud que pugna con las normas sobre convivencia escolar, máxime si se tiene en consideración que, al menos en dependencias del establecimiento, el orden y la disciplina compete al cuerpo docente y no a los apoderados, por lo que la recurrida se ha excedido en sus facultades, vulnerando las reglas de convivencia del colegio, mediante actos de auto tutela que no resultan procedentes.
La resolución concluye que se acoge la acción de protección interpuesta a favor del niño J.M.V.G., debiendo la recurrida abstenerse de conductas directas sobre los educandos del Colegio Andino, sin perjuicio de dar cuenta o formular los reclamos correspondientes a la autoridad educacional o fiscalizadora que corresponda. Que el Colegio Andino, en conocimiento de situaciones como las relatadas en el recurso deberá adoptar las medidas tendientes a evitar eventuales vulneraciones a la integridad física o psíquica de los alumnos a su cargo y adoptar en su caso las medidas o procedimiento que establezca el Manual de Convivencia Escolar.

 

 Vea texto íntegro de la sentencia

 

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