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Caso español: 3 años de cárcel para un hombre que arrancó a otro el lóbulo de la oreja de un mordisco.

Los implicados se pelearon en la terraza de un bar de Vigo y uno le arrancó al otro el lóbulo.

17 de mayo de 2018

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) destimó el recurso presentado por un hombre que en agosto de 2016 arrancó de un mordisco el lóbulo de una oreja a un hombre en una cafetería de Vigo, y ha confirmado la pena de tres años de prisión impuesta por la Audiencia provincial de Pontevedra, informaron este miércoles fuentes judiciales.
El acusado, identificado como José Manuel M.F., ha sido también condenado por la sala de lo civil y penal del TSXG a indemnizar a la víctima con 15.025 euros por las secuelas estéticas, así como 2.000 más por la intervención quirúrgica y otros gastos, conforme a la decisión adoptada en diciembre de 2017 por la sección quinta de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo.
Contra este fallo judicial, cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Los incidentes ocurrieron en agosto del 2016 en la terraza de una cafetería de la avenida de Alcalde Gregorio Espino. El acusado vio a un cliente acompañado de otra mujer y se empujaron mutuamente. Se enzarzaron en una pelea, cayeron al suelo y el acusado le propinó al otro un mordisco en la oreja y le arrancó completamente el lóbulo. Perdió el lóbulo del pabellón auricular derecho y necesitó 25 días de curación. Le quedaron secuelas por un perjuicio estético debido a la cicatriz de la amputación.
El acusado recurrió la sentencia de la Audiencia alegando que el tribunal le había dado mayor verisimilitud a la versión del denunciante pese a no ver testigos. También se quejó de que había una enemistad previa con la acompañante del agredido, prueba que no se valoró. Y se quejaban de pudo haber ocurrido hechos eximentes como una imprudencia o una legítima defensa, o bien arrebato y obcecación.
Sin embargo, la víctima del mordisco negó haber abofeteado a la mujer y dijo que fue ella quien arremetió contra él tras pedirle un pitillo.
El Tribunal Superior concluye que el acusado empezó la riña, es autor de un delito de lesiones con resultado de amputación. Creen que su conducta era lesiva y buscaba hacer daño a la víctima.

 

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