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Inhabilidad de ingreso.

CGR determina que ex funcionario de Carabineros de Chile que cesó por haber sido incluido en lista de eliminación no puede reingresar a esa institución.

Quienes han sido desvinculados por medida disciplinaria o mala calificación, no pueden ingresar a Carabineros de Chile.

22 de agosto de 2018

Se solicitó a la Contraloría General –por parte de un ex funcionario de Carabineros de Chile- un pronunciamiento que lo rehabilite para acceder a cargos públicos, pues se habrían cumplido los 5 años que duraba la inhabilidad para ingresar a la Administración del Estado que le afectada por haber cesado producto de su calificación en Lista N° 4, de Eliminación.

Al respecto, la CGR indica que el artículo 14 del decreto con fuerza de ley N° 2, de 1968, del ex Ministerio del Interior, Estatuto del Personal de esa entidad policial, establece que para ingresar a ella es necesario, entre otros requisitos, no haber cesado en un cargo público por medida disciplinaria o calificación deficiente.

Enseguida, advierte que la norma en estudio no señala un plazo de duración de dicho impedimento, de modo que quienes han sido desvinculados por medida disciplinaria o mala calificación, no pueden ingresar a Carabineros de Chile.

Sobre el particular, la entidad de control recuerda que, en el dictamen N° 86.016 de 2013, entre otros, indicó que la inhabilidad de los artículos 12, letra e), de la ley N° 18.834, y 10, letra e), de la ley N° 18.883, cesa una vez vencido el plazo de cinco años contado desde que se produjo la expiración de funciones, sin que se requiera obtener decreto supremo de rehabilitación.

En cuanto al ingreso a las Fuerzas Armadas, el órgano contralor indica que el artículo 26, letra f), del decreto con fuerza de ley N° 1 de 1998, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, prevé, en lo que interesa, que en la selección de los postulantes a empleados civiles y del personal a contrata, se considerará no haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente o por medida disciplinaria, a menos que hayan transcurrido más de 5 años desde la cesación de funciones.

Por consiguiente, concluye la Contraloría General que, si ha transcurrido el plazo de 5 años desde la desvinculación del recurrente, por haber sido clasificado en Lista N° 4, de Eliminación, se habría extinguido la inhabilidad de ingreso que pesaba en su contra, pudiendo postular a cargos en la Administración Civil y Municipal, así como en cualquier rama de las Fuerzas Armadas o en la Policía de Investigaciones de Chile.

 

 

Vea texto íntegro del Dictamen N° 19.632-2018.

 

 

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*CGR recuerda que corresponde a la Comisión Médica Central de Carabineros pronunciarse sobre el estado de salud de sus funcionarios…

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