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Vulneraría igualdad.

Acerca de las demandas en la Corte Constitucional colombiana contra el examen de Estado para abogados.

Para la Academia Colombiana de Jurisprudencia, la Corte debe aclarar a quiénes se les deberá aplicar el examen.

21 de noviembre de 2018

Recientemente, el medio colombiano www.elespectador.com comenta las reacciones a las nuevas exigencias impuestas en Colombia para convertirse en abogado.

Al efecto, se expone que ese nuevo requisito para ejercer el derecho en el país quedó establecido en la Ley 1905 de 2018 y va dirigido a todas las personas que inicien la carrera desde el segundo semestre de este año. En el alto tribunal se recibieron posiciones contradictorias de la Procuraduría y la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

Y es que se agrega las reglas de juego para ejercer el derecho en Colombia cambiaron en junio pasado con la entrada en vigor de la Ley 1905 de 2018 que obliga a hacer un examen de estado para poder ejercer a todas las personas que inicien la carrera. Se trata de una prueba que debe crear el Consejo Superior de la Judicatura y que se suma a las pruebas Saber Pro. La ley ya fue demandada ante la Corte Constitucional.

De 15 demandas presentadas ante el alto tribunal, la Corte Constitucional ha admitido dos. Según los afectados, este examen va en contra del derecho a la igualdad porque se exige a quiénes inicien sus estudios desde junio pasado, sin tener en cuenta quiénes están ya estudiando.

Por eso, el examen debería aplicarse a todos los abogados, incluidos los que ya están ejerciendo. En su criterio, existe un riesgo de desigualdad porque quedarían certificados como idóneos ante la sociedad unos abogados y otros no. En este caso, ya hay concepto de la Procuraduría General de la Nación que pide dejar la aplicación del examen de estado tal y como está.

Pero para la Academia Colombiana de Jurisprudencia, la aplicación del examen de estado sí está creando un trato diferenciado "entre los estudiantes nuevos y los estudiantes antiguos, los egresados no graduados y los graduados no habilitados por el Estado para ejercer la profesión". En concepto enviado a la Corte, la Academia señala que esta diferencia no tiene justificación constitucional.

Ese nuevo requisito para ejercer el derecho en el país quedó establecido en la Ley 1905 de 2018 y va dirigido a todas las personas que inicien la carrera desde el segundo semestre de este año. En el alto tribunal se recibieron posiciones contradictorias de la Procuraduría y la Academia Colombiana de Jurisprudencia.

Para la Academia Colombiana de Jurisprudencia, la Corte debe aclarar a quiénes se les deberá aplicar el examen.

 

 

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