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En fallo unánime.

CS confirma fallo que ordenó a municipalidad de Punta Arenas contar con intérprete de señas para tomar examen teórico de conducción.

El máximo Tribunal rechazó el recurso de queja deducido en contra de la sala de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas que condenó, además, al municipio al pago de una multa de 10 UTM.

14 de febrero de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la resolución que ordenó a la Municipalidad de Punta Arenas adoptar las medidas pertinentes para que postulante con discapacidad auditiva rinda examen teórico de conducción de vehículos con la intermediación de un intérprete de señas calificado.
La sentencia, causa rol 33.579-2018, sostiene que del mérito de autos, lo informado por los jueces recurridos y los antecedentes tenidos a la vista, aparece que los sentenciadores han tenido por acreditados los hechos denunciados, valorando los antecedentes que constaban en el expediente sin vulnerar las reglas de la sana crítica, exponiendo las razones en base a las cuales arriban a las conclusiones que agravian al quejoso y, por ende, decidiendo fundadamente la condena motivo del reclamo.
Agrega que de esa manera el quejoso, más allá de proponer una distinta valoración de los antecedentes y diversas consecuencias jurídicas de los hechos que de ellos pueden desprenderse, no ha demostrado ningún acto u omisión concreto que pueda calificarse de falta o abuso grave, susceptible de enmendarse por esta vía disciplinaria.

 

Vea texto íntegro de la sentencia

 

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