Opinión.
En España: Indemnizan a una profesora universitaria por vulneración del derecho al honor y a la intimidad al difundirse públicamente un informe negativo de ámbito académico.
La Audiencia Provincial de Murcia sostiene que de haberse quedado en el estricto ámbito académico del que nunca debió salir, las afirmaciones en él contenidas podrían ser más o menos molestas, pero nunca supondrían vulneración del derecho al honor.

En una reciente publicación del medio español noticias.juridicas.com se da a conocer el artículo “Indemnizan a una profesora universitaria por vulneración del derecho al honor y a la intimidad al difundirse públicamente un informe negativo de ámbito académico”.
Se sostiene que la demandante, profesora universitaria, ejercita la acción sobre tutela civil de sus derechos al honor y a la intimidad por la difusión de un informe negativo sobre ella para su renovación como profesora ayudante y de una carta firmada por algunos profesores en apoyo de dicho informe negativo. Dichos documentos fueron publicados durante 40 días en los tablones de anuncios y en la web interna del departamento.
A continuación, el texto recuerda que la Audiencia Provincial de Murcia en sentencia 398/2018, de 3 de diciembre (Recurso 391/2017) revoca la sentencia dictada en primera instancia, que desestimó la demanda, y declara que la actuación de la demandada, directora del departamento de la Universidad, supone una intromisión ilegítima en el derecho al honor y la intimidad de la actora.
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