Con voto en contra.
CS rechazó protección contra JUNJI por no renovar «contrata» del subdirector de Infraestructura y Cobertura de la Dirección Regional de O'Higgins.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien confirmó la sentencia en alzada.

La Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por el Subdirector de Infraestructura y Cobertura de la Dirección Regional de O’Higgins de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) contra dicha institución, por disponer la no renovación de su contrata para el año 2019.
En su libelo, el recurrente indicó que se infringió la igualdad ante la ley, ya que la resolución impugnada carece de la más mínima motivación, por lo que la no prórroga de la contrata para el año 2019 deviene en discriminatorio. Asimismo, consideró que se vulneró el derecho de propiedad, pues se le priva de sus remuneraciones. Finalmente, indicó que se conculcó la libertad de trabajo, al privársele de la posibilidad de continuar ejerciendo las funciones como personal a contrata como lo desempeñó históricamente mientras contara con los elementos que lo permiten, circunstancias avaladas en el concepto de confianza legítima que se produce en la administración del Estado, en cuanto a que ésta ejercerá las renovaciones de contratas mientras no exista fundamento fáctico o legal para adoptar un proceder distinto.
En su sentencia, el máximo Tribunal sostuvo que no ha existido de parte de la autoridad administrativa denunciada ilegalidad alguna, pues una vez expirado el plazo de vigencia del empleo a contrata, quien lo sirve cesa en sus funciones en esa fecha por el solo ministerio de la ley.
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