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Con voto en contra.

CS revocó sentencia y rechaza protección contra Ministerio del Interior que dispuso la no renovación de «contrata» de recurrente para el año 2019.

El fallo fue acordado con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada.

25 de mayo de 2019

Con disidencia, la Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por un particular en contra del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, impugnando la Resolución Exenta que dispuso la no renovación de su contrata para el año 2019.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y su derecho de propiedad, por lo que pide dejar sin efecto la Resolución mencionada y disponer la renovación de su contrata en las mismas condiciones que tenía antes del acto recurrido, con expresa continuidad de sus remuneraciones.
En su sentencia, el máximo Tribunal indicó que, es importante consignar que el acto impugnado se relaciona exclusivamente con la decisión de no renovar la contrata del actor para el periodo del año 2019, el cual se enmarca en el ejercicio de una facultad que atiende a la naturaleza transitoria de los servicios y a los efectos propios de las vinculaciones a contrata, esto es, que llegado el plazo previsto para su término, éstas se extinguen naturalmente, sin que sea procedente imponer a la autoridad administrativa la obligación de renovarla para un periodo posterior.
Enseguida, agregó que, en consecuencia, sólo cabe concluir que la autoridad recurrida se encontraba legalmente facultada para no renovar los servicios a contrata del actor, puesto que, como se dijo, la principal característica de este tipo de vinculación es la precariedad en su duración, supeditada a las necesidades temporales de la entidad administrativa, razón por la que el acto impugnado no puede ser tildado de ilegal o arbitrario.
Por lo tanto, de acuerdo con lo expresado, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, rechazando así el recurso intentado.
La decisión fue acordada con el voto en contra del Ministro Muñoz, quien fue del parecer de confirmar la sentencia en alzada, teniendo presente para ello, la circunstancia que la parte recurrente ha sido nombrada en el cargo a contrata por más de dos anualidades, generándose a su respecto la confianza legítima de mantenerse vinculada con la Administración, de modo tal que sólo se puede terminar esa relación estatutaria por sumario administrativo derivado de una falta que motive su destitución, o por una calificación anual que así lo permita.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 8152-2019 y de la Corte Santiago Rol N° 91382-2018.

 

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