En fallo unánime.
CS rechaza nulidad y confirma fallo por microtráfico de drogas en Viña del Mar.
El máximo Tribunal descartó actuar arbitrario de la policía al intentar realizar un control preventivo de identidad al condenado.

En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó recurso de nulidad y confirmó la sentencia que condenó a la pena efectiva de 541 días de presidio a autor del delito de tráfico de estupefacientes en pequeñas cantidades. Ilícito perpetrado en Viña del Mar, en mayo de 2018.
La sentencia sostiene que en su fundamento décimo octavo, la sentencia consignó a propósito de los cuestionamientos formulados por la defensa, que no existió vulneración de garantías constitucionales en el actuar policial, toda vez que los funcionarios de carabineros, actuaron amparados inicialmente por el artículo 12 de la Ley 20.931, esto es, en un control preventivo de identidad, pues les llamó la atención que a las 00:30 horas, en el interior de la Plaza Los Héroes al costado del Casino Municipal en Avda. San Martín, un sujeto estaba escondido detrás de un árbol, por lo que asumieron que podía estar esperando a posibles víctimas para efectuar robos, toda vez que es un sector respecto del cual las estadísticas del mes arrojan la comisión de delitos de robo con violencia e intimidación, robos por sorpresa y tráfico de drogas.
La resolución agrega que sin embargo, dicho control no alcanzó a concretarse pues cuando se acercaron al lugar el acusado Juan Antonio Vargas Vargas se dio a la fuga y arrojó el banano que portaba, lo que -en concepto de los sentenciadores- constituyeron indicios suficientes, conforme lo previsto en el artículo 85 del Código Procesal Penal, para proceder al registro del banano, en cuyo interior encontraron 170 envoltorios con pasta base de cocaína y $34.400 en dinero en efectivo.
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