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En fallo unánime.

Corte de Santiago reduce condena a ex detective por homicidio en cuartel de brigada de asaltos en 1975.

El Tribunal de alzada condenó al José Gilberto Galdames Albistur en calidad de autor del delito, pero redujo la pena a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, al aplicar, por mayoría, la prescripción gradual de la sanción penal.

24 de junio de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó condena a miembro en retiro de la Policía de Investigaciones por su responsabilidad en el homicidio de Raúl Olivares Jorquera, perpetrado el 1 de agosto de 1975, en la Región Metropolitana.
La sentencia sostiene que atendida la fecha de comisión del ilícito, en la especie concurren los requisitos para ser aplicable la llamada prescripción gradual o media prescripción, pues cualquiera que hayan sido los fundamentos para desestimar en el presente caso la concurrencia de la prescripción de la acción penal como causal de extinción de la responsabilidad criminal, es lo cierto que la prescripción gradual constituye una minorante calificada de responsabilidad criminal, cuyos efectos inciden en la determinación del quantum de la sanción corporal, independiente de la prescripción, con fundamentos y consecuencias diferentes. Así, aquélla descansa en el supuesto olvido del delito, en razones procesales y en la necesidad de no reprimir la conducta, lo que conduce a dejar sin castigo el hecho criminoso, en cambio la morigerante -que también se explica gracias a la normativa humanitaria-, halla su razón de ser en lo insensata que resulta una alta pena para hechos ocurridos largo tiempo atrás, pero que no por ello deben dejar de ser irremediablemente sancionados, resultando de su reconocimiento una pena menor.
La resolución agrega que en su aplicación no se advierte ninguna restricción constitucional, legal, de Derecho Convencional Internacional ni de ius cogens, desde que aquellas reglas sólo se limitan al efecto extintivo de la responsabilidad criminal. Entonces, aun cuando hayan transcurrido íntegramente los plazos previstos por el legislador para la prescripción de la acción penal derivada del ilícito, no se divisa razón que obstaculice considerarla como atenuante para mitigar la responsabilidad criminal que afecta a los encausados, dado que del estudio de los autos fluye que el tiempo requerido para la procedencia de la institución reclamada por el impugnante ha transcurrido con creces.
Decisión adoptada con la prevención de la ministra (s) Rodríguez, quien estuvo por rechazar la prescripción gradual invocada por el sentenciado y, concurriendo solo una atenuante de responsabilidad criminal, estuvo por imponer al sentenciado Galdames Albistur, la pena de 10 años y un día de presidio.
En el aspecto civil, con el voto en contra de la ministra Rodríguez, se rechazó la demanda deducida por familiares de la víctima en contra del fisco, al acoger la excepción de pago.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 2.223-2018

 

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