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En forma unánime.

CS confirmó sentencia y acogió protección contra Banco Santander Chile por no otorgar restitución de fondos que fueron sustraídos a través de fraude.

La Corte de Apelaciones estimó que es el Banco quien deberá restituir los dineros al recurrente.

29 de septiembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Santiago que acogió protección interpuesta por la empresa Comercio Internacional Limitada contra del Banco Santander Chile por no otorgar restitución de los fondos que fueron sustraídos a través de un fraude.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco Santander Chile, por la negativa a devolver la cantidad de $163.280.000, que fueron sustraídos mediante e hizo una operación bancaria de traspaso de fondos, mediante un fraude, que comprendió a su vez 35 giros de dinero cuyo destino fueron 5 cuentas corrientes de tres bancos distintos. El recurrido se negó a la devolución de los fondos sustraídos.
La recurrente estimó vulnerada la garantía del artículo 19 numeral 24.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó en síntesis que, aun cuando el hecho se haya ejecutado mediante el uso irregular de los datos y claves bancarias personales de la empresa recurrente, lo sustraído es dinero, bien fungible, con lo que resultó no sólo jurídica sino físicamente imposible sostener y menos acreditar la exacta identidad de las especies sustraídas mediante el fraude perpetrado, circunstancia que llevó a concluir que en definitiva el único afectado por el engaño referido es el banco recurrido, dada su calidad de propietario del dinero depositado, en quien recae finalmente el deber de eficaz custodia material de éste, debiendo adoptar, al efecto, todas las medidas de seguridad necesarias para proteger adecuadamente el dinero bajo su resguardo, por lo que el actuar de la recurrida no es sino ilegal y arbitrario, puesto que al no asumir el perjuicio económico trasladó los efectos del fraude bancario a la actora, afectando directamente al patrimonio de ésta, vulnerando así el Artículo 19 N° 24 de la Carta Fundamental.
Por lo anterior, se concluyó que, se acogió, el recurso de protección a favor de la recurrente y se ordenó en consecuencia que el Banco Santander-Chile deberá restituir a la cuenta corriente N 0-0006542759-1 de la recurrente la suma total de $163.280.000.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 8159-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol Nº 50414-2018.

 

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