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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena a empresa indemnizar a familia de trabajador fallecido por caída en foso de montacargas.

El Tribunal de alzada estableció la responsabilidad de la empresa en el accidente laboral que causó el deceso de Sergio Antonio Garramuño Romero.

10 de diciembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago condenó a la empresa Importadora de Equipos Médicos Limitada –Isolab– a pagar una indemnización total de $270.000.000 a la cónyuge e hijos de trabajador que perdió la vida al caer en foso de montacargas, en enero de 2015.
La sentencia sostiene que de lo hasta aquí señalado, resulta que se encuentra acreditado que el accidente sufrido por el trabajador que derivó en su muerte, es consecuencia directa y necesaria de la omisión culposa de la demandada, de manera que sin su concurrencia, necesariamente no se habría producido.
La resolución agrega que en efecto, no existió de parte del empleador el cuidado necesario para la seguridad de sus trabajadores, no se procuró un procedimiento de uso del tantas veces aludido montacargas, tampoco instrucción a los trabajadores de los riesgos que conlleva su utilización y la manera adecuada de uso. Por otra parte, se advierte la omisión imputada, en la circunstancia que el montacargas no contaba con elementos de iluminación, el tablero estaba en el interior, en fin, carecía de los elementos de seguridad que fueron observados por el informe técnico a que se ha aludido precedentemente.
Además indica que conforme lo dicho, se encuentran acreditados los supuestos de la responsabilidad extracontractual, esto es la existencia del accidente laboral sufrido por el trabajador, la negligencia o culpa del empleador al omitir el cumplimiento de medidas tendientes a la protección de sus trabajadores, en especial sobre seguridad y procedimiento del uso de montacargas, y la relación de causalidad entre el accidente sufrido y la negligencia observada.
Por tanto, concluye:
1.- Se rechaza, sin costas, el recurso de casación en la forma deducido por la demandante en contra de la sentencia de treinta y uno de enero de dos mil dieciocho, escrita a fojas 641 y siguientes.
2.- Se revoca, la referida sentencia que rechazó la demanda de autos y en su lugar se declara que se acoge la demanda deducida, solo en cuanto se condena a la demandada Empresa Importadora de Equipos Médicos Limitada a pagar a la demandante y sus hijos las siguientes sumas:
a) Doscientos setenta millones de pesos ($270.000.000) por concepto de daño moral.
b) Las sumas ordenadas pagar, lo serán con los reajustes e intereses consignados en el considerando vigésimo séptimo del presente fallo.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 4.112-2018 de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

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