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Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Carabineros por tratos ilegítimos en contra de adolescentes detenidos tras manifestaciones.

La Corte señala que existiendo investigaciones penales y administrativas en curso, se debe esperar los resultados de estas.

18 de diciembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó recurso de amparo deducido por defensora penal a favor de siete adolescentes y en contra de Carabineros de la Segunda Comisaría de Quilpué. El recurrente señala que los amparados fueron detenidos en la comuna de Quilpué, el 08 de noviembre las 17:00 horas aproximadamente, en el contexto de manifestaciones sociales para luego ser trasladados a la Comisaría, efectuando un procedimiento de rutina que implicaba desnudarse y realizar ejercicios; sin poder comunicarse con algún familiar o adulto responsable. La recurrente indica que se constituye en la Comisaría y visita a los adolescentes para luego comunicarse con el Fiscal respectivo, el que no tenóa conocimiento de los motivos de su detención, razón por la cual refiere que interpuso un recurso de amparo verbal ante el Juez de Garantía de Quilpué, quien se comunica con el oficial de turno, el que hasta las 20:00 no pudo entregar algún motivo de la detención. Expresa que cerca de las 21:00 le indican que los adolescentes pasarán a control de detención para el día siguiente, fecha en que se controla la detención la cual se declara legal, y dada las circunstancias, se ordena por el Juez oficiar al General de Zona para que realice una investigación, sumarios administrativos con las sanciones que correspondan por un eventual incumplimiento al desnudar a adolescentes. En definitiva, sostiene que todos los amparados son adolescentes, a los cuales no se les realizó la lectura de derechos; no se les indicó el motivo de la detención; fueron maltratados al ser desnudados ni se informó oportunamente al fiscal de turno de su detención.
El recurrido señala en su informe que se produjo la detención de todos los amparados, indicando que no fueron desnudados y que solo fueron revisados superficialmente para verificar sus especies; que sí se les informó a los adultos responsables del estado de detención y se les permitió su visita, para luego ser trasladados al SAPU de El Belloto, sin que se le diagnosticaran lesiones. Reconocen que existió la demora en el traslado a un recinto asistencial dado que no contaban con los medios logísticos para aquello, ya que los amparados al ser adolescentes son trasladados en unidades policiales separados de los adultos, sin perjuicio de informarse la detención dentro del plazo previsto en el artículo 131 inciso 2 del Código Procesal Penal.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, concluyendo que en el recurso se denuncia la existencia de tratos ilegítimos e infracción de protocolos por parte de la autoridad policial, cuestión que ha sido negada por la recurrida, de manera que el procedimiento cautelar no resulta la vía idónea para determinar su ocurrencia, pues supone la investigación de ilícitos penales y administrativos cuya existencia y autores debe ser determinada por vía de la investigación penal y administrativa, ya que su ocurrencia no resulta indubitada. Que, sin perjuicio de lo anterior, la Corte señala que los intereses de todos los recurrentes se encuentran bajo el amparo del derecho, toda vez que la legalidad de su detención fue controlada por el Juzgado de Garantía, existe un sumario administrativo ordenado por el mismo tribunal tendiente a determinar la responsabilidad de los funcionarios de Carabineros de Chile que practicaron los actos alegados por el recurrente y que, para el evento de conocerse hechos que revistan el carácter de delito, se remitan los antecedentes al Ministerio Público con objeto de aclarar si fue objeto de apremios ilegítimos.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo por unanimidad y ordena que el Ministerio Público y Carabineros de Chile deberán informar en el más breve plazo a la Corte de Apelaciones de Valparaíso el inicio y el estado actual de tramitación de las investigaciones ordenadas por el Juez de Garantía.

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 36.712-19 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso Rol Amparo 974 – 2019 .
 

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