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Artículo 184 del Código del Trabajo.

Juzgado Civil ordena al Fisco indemnizar a familiares de brigadistas fallecidos en incendio forestal.

El Tribunal estableció responsabilidad del fisco por el actuar negligente del jefe operativo de los brigadistas, quien ordenó a los fallecidos combatir el siniestro en condiciones inseguras y sin el apoyo requerido.

23 de diciembre de 2019

El Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar indemnización total por $1.600.000.000 a familiares de tres brigadistas de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), que perdieron la vida combatiendo un incendio forestal registrado en Vichuquén, en enero de 2017.

El Tribunal estableció responsabilidad del Fisco por el actuar negligente del jefe operativo de los brigadistas, quien ordenó a los fallecidos combatir el siniestro en condiciones inseguras y sin el apoyo requerido.

La sentencia sostiene que por lo anterior, es dable tener por establecido que Emelino del Carmen Valdivia Cáceres, Sierra 10, Jefe de Incendio en el operativo de Combate del incendio en el Sector Las Cardillas de Vichuquén, es responsable por el fallecimiento de tres brigadistas de la Conaf, Ricardo Salas, Sergio Faúndez y Wilfredo Salgado, quienes en el desempeño de sus funciones, y por orden expresa de Emelino Valdivia a Ricardo Salas, perdieron la vida en el trágico accidente. Que quien ha sido autor del daño, es dependiente de Conaf, y como tal debe responder por el hecho dañoso ocasionado por su dependiente en el desarrollo de su actividad.

Según la resolución existe una relación entre las acciones y omisiones desplegadas por Conaf respecto su dependiente que ha infringido además no tan solo un determinado estándar de conducta, sino que además se ha infringido el artículo 184 del Código del Trabajo, norma que exige al empleador, brindar seguridad de una forma eficaz a sus trabajadores, más aún cuando su actividad es de alto riesgo en el combate de incendios.

Añade que en este orden de ideas, y ante la existencia del hecho dañoso como consecuencia en el actuar negligente por parte de un dependiente de la Conaf, lo cual se traduce en el daño moral que ello provocó a los familiares de los fallecidos -actores en autos-. Es un hecho que cae en la certeza y obviedad, el profundo pesar que la muerte de un ser querido ocasiona en una persona, más aún cuando la muerte ha acontecido en tales circunstancias.

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