Por unanimidad.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Inspección del Trabajo por determinar multa contra recurrente.
El Tribunal de Alzada señaló que, la imposición de la multa no ha sido producto de una comisión especial, sino por un organismo facultado para ello.

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó un recurso de protección deducido por una empleadora en contra Inspección Comunal del Trabajo de Providencia por la dictación de una multa en contra de ella misma.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Inspección Comunal del Trabajo de Providencia por dictación de la Resolución de Multas N° 8367/19/19, de fecha 5 de junio de 2019, por no escriturar la recurrente el contrato de trabajo de trabajadora, por no declarar oportunamente las cotizaciones previsionales y no declarar oportunamente el aporte del 4,11% de la remuneración mensual imponible en la AFP.
La recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 3 y 24.
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