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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia que acogió protección deducido por ex funcionario contra la JUNJI por inicio de sumario en su contra a pesar de que la recurrida aceptó su renuncia.

La Corte Suprema señaló que, la posterior revocación tácita que comunicó el inicio de un sumario administrativo en contra del recurrente, contrarió la igualdad ante la ley.

20 de marzo de 2020

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió un recurso de protección deducido por un ex funcionario en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles por el inicio de un sumario en su contra a pesar de que la recurrida aceptó su renuncia.                                 

En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) por la dictación de la Resolución Exenta N° 015/0691, de fecha 18 de octubre de 2019, por medio de la cual se dispuso el inicio de un sumario administrativo contra del recurrente y se notificó mediante correo electrónico el día 13 de noviembre de 2019, pero mediante la Resolución Exenta RA Nº 110790/1587/2019, de fecha 24 de octubre de 2019, la recurrida aceptó su renuncia, indicando, además, en el mismo acto, que el recurrente no se encontró sometido a investigación sumaria o sumario administrativo, y que se encontra extinta su responsabilidad administrativa.

El recurrente estimó que se vulneró sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 1, 2, 3 inciso 3 y 4.

La Corte de Santiago indicó en su sentencia que, la aceptación de la renuncia voluntaria del recurrente por parte de la JUNJI, a contar del 23 de octubre de 2019, y notificada al día siguiente; su posterior revocación tácita por Resolución Exenta N° 015/0691, que comunicó el inicio de un sumario administrativo en contra del recurrente, resolución notificada el día 13 de noviembre de 2019, contrarió la igualdad ante la ley, cuando esta última, revocó la primitiva resolución de fecha 24 de octubre de 2019, careciendo de facultades para ello, pues afectó los derechos del servidor en términos de colocar a éste en la necesidad de asistir a cumplir sus funciones y disponiendo luego, por este hecho, la instrucción de un sumario administrativo. Asimismo, si se estimara que la decisión administrativa que aceptó la renuncia del actor adoleció de algún vicio, la normativa reguló expresamente un procedimiento de invalidación del acto administrativo que, en la especie, no fue observado. Razón por la que se acogió el recurso de protección.

La Corte Suprema por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 24718-2020 y de la Corte de Santiago en causa Rol Nº 175788-2019.

 

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