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Derechos Humanos.

Corte IDH condena a Argentina por violar derechos de indígenas.

Encontró al Estado de Argentina responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la propiedad comunitaria, a la identidad
cultural, al medio ambiente sano, a la alimentación adecuada y al agua de las comunidades indígenas.

4 de abril de 2020

La Corte Interamericana condenó al Estado de Argentina por la violación del derecho de las comunidades indígenas a la identidad cultural, un medio ambiente sano, la alimentación adecuada y el agua.
El Tribunal interamericano, con sede en San José, ordenó medidas específicas para la restitución de esos derechos, incluyendo acciones para el acceso al agua y a la alimentación, la recuperación de recursos forestales y la recuperación de la cultura indígena en Argentina.
El caso se originó con el reclamo de reconocimiento de la propiedad de sus tierras de parte de las comunidades indígenas Wichí, Iyjwaja, Komlek, Niwackle y Tapy'y, de la provincia de Salta (norte), fronteriza con Paraguay y Bolivia.
Las comunidades indígenas reclaman que sus tierras han sido ocupadas por otros pobladores y que se construyó un puente internacional sin previa consulta por parte del Estado. Ante esto, la CIDH dijo en un comunicado que "en la zona se ha constatado presencia indígena de modo constante, al menos desde 1629".
El Tribunal determinó que el Estado violó el derecho de propiedad comunitaria al no dotar de seguridad jurídica a los pobladores originarios y permitir que se mantenga la presencia de pobladores no indígenas. Asimismo, indicó que las comunidades llevan más de 28 años de reclamar la propiedad de las tierras sin que el Estado atienda su demanda.
En su sentencia, la Corte señaló que la tala ilegal, la explotación ganadera e instalación de alambrados de parte de los no indígenas, afectaron bienes ambientales, incidiendo en el modo tradicional de alimentación y el acceso al agua de las comunidades nativas. "Lo anterior alteró la forma de vida indígena, lesionando su identidad cultural", señaló la Corte Interamericana.

 

Vea texto ìntegro de la sentencia 

 

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