Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Juzgado de Garantía de Valparaíso que negó prescripción de la pena.

La Corte señala que hay otros recursos que pueden interponerse.

Por Redacción·08 de mayo de 2020·2 min de lectura
CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Juzgado de Garantía de Valparaíso que negó prescripción de la pena.
Referencial

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó recurso de amparo deducido por condenado en contra de Juzgado de Garantía de Valparaíso. El amparado señala que mediante sentencia del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, de fecha 12 de agosto 2014, se les condenó a dos diversas penas por los delitos de malversación de caudales públicos y fraude al Fisco. A la fecha de su solicitud de prescripción de la pena, el 11 de noviembre de 2019, había transcurrido desde la sentencia de término un plazo superior al de la pena efectivamente impuesta, sin que el condenado haya sido habido o se haya presentado a cumplirla. Señala que se hizo presente en su solicitud, que no concurre en la especie interrupción de la mencionada prescripción, en los términos del artículo 99 del Código Penal, toda vez que el condenado no ha cometido nuevo delito durante el tiempo de la condena. La solicitud fue negada por el recurrido.

El recurrido señala en su informe que se rechazó la petición de la defensa, en primer lugar, por no encontrarse presente el imputado, según dispone el artículo 102 del Código Penal, en relación con el 103 del mismo cuerpo legal, pese a haber sido citado; y en segundo lugar, por no haberse cumplido el tiempo para ello, en atención a que la pena impuesta, que no son penas separadas, que tienen que ser cumplidas de la misma manera, que en total suman 8 años y un día, es decir una pena de crimen. Además, señala que la resolución no importa una actuación ilegal que implique una vulneración de garantías que pudiesen verse conculcadas en virtud de la resolución recurrida por la vía de amparo, ya que fue precedida de un extenso debate, restándole además al recurrente los demás recursos legales que procedieren.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso, concluyendo que lo solicitado constituye una petición jurisdiccional susceptible de recurso ordinario de apelación, el que fue interpuesto por la defensa del recurrente con fecha 26 de diciembre del presente, y concedido con igual fecha por el Juzgado de Garantía de Valparaíso.

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