"Nueva herramienta de trabajo".
Juzgado Laboral acoge demanda de trabajadora despedida por negarse a recibir un teléfono celular proporcionado por la empresa.
El Tribunal acogió la acción al considerar que la empleada no incumplió con sus obligaciones al negarse a utilizar una herramienta de trabajo no contemplada en el contrato de trabajo.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido indebido presentado por trabajadora en contra de su exempleador, la empresa de servicios de reponedores de supermercados, Comercial Caribe Limitada, desvinculada por negarse a recibir un teléfono celular proporcionado por la empresa.
La sentencia indica que de las pruebas aportadas por la demandada, pormenorizadas en el motivo cuarto de esta sentencia, aparece que en septiembre de 2019 se realizó reunión con personal de la empresa para informarles del uso de una nueva herramienta de trabajo, consistente en un celular a costo de la empresa, y se les indicó a los trabajadores que señalaran si tenían inconvenientes en recibirlo, lo manifestaran por escrito; asimismo, consta que con fecha 4 de octubre en reunión con jefatura de la empresa, la demandante manifestó que no quería esa nueva herramienta de trabajo, que había consultado en la Inspección del Trabajo donde le informaron que no necesitaba presentar carta dando motivos de la negativa, ya que ello no estaba en su contrato, y de todos modos en esa reunión planteó los motivos de esa negativa, principalmente la inseguridad que le significaba utilizar dos celulares, uno propio y otro de la empresa, además que no sale en su contrato y quiere trabajar tranquila; posterior a esa reunión la empresa le remite cartas de amonestación a la trabajadora, que ella dice no haberlas recibido, por lo que el día 30 de octubre le entregan copia de las mismas. Finalmente el día 30 de octubre la despiden por negarse a recibir la nueva herramienta de trabajo.
La resolución agrega, que conforme consta de la testimonial de la demandada, al ser consultados los trabajadores respecto a recibir esa nueva herramienta de trabajo, el equipo de reponedoras, dentro del cual estaba la demandante, se negó a recibir el mismo, por lo que en definitiva en ese equipo se sigue trabajando con planillas de ruta y WhatsApp grupo de trabajo, así expresamente lo declaran los dos testigos aportados, al ser consultados al efecto por el tribunal, conforme consta de las declaraciones pormenorizadas en el motivo cuarto de la sentencia, de manera tal que a la fecha no se ha implementado esa nueva herramienta de trabajo en el equipo de reponedoras.
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