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Proyecto de ley propone establecer el voto por correo para la población vulnerable para evitar una baja en la participación electoral producto de la pandemia.

Los carteros serían Ministros de Fe para verificar que el voto se entregue a quien corresponda.

26 de agosto de 2020

La Moción, patrocinada por las Diputadas Castillo, Cicardini, Hernando, Ossandón, Parra, Joanna y Catalina Pérez, en conjunto al Diputado Soto, propone que respecto de personas adultas mayores, con problemas de diversidad funcional, o de cualquier edad que estén en internación hospitalaria, que se encuentren en cuarentena por motivos de salud o que estén en grupo de riesgo y personas que se encuentren en prisión preventiva, puedan ejercer su derecho a sufragio mediante la modalidad de votación por correo, para facilitar su participación en el proceso electoral y que no se vean imposibilitadas de participar en los procesos electorales.
El proyecto tiene su fundamento en el artículo 13 de la Constitución, que señala que la calidad de ciudadano “otorga los derechos de sufragio, de optar a cargos de elección popular y los demás que la Constitución o la ley confieran”, lo que exhibe gran relevancia institucional por lo que los poderes públicos deben facilitar el ejercicio de este derecho por parte de todos los electores.
Como las elecciones populares agrupan a grandes cantidades de personas, surge un problema con la pandemia de covid-19, ya que esto podría significar que baje la participación de ciertos grupos de riesgo, entre los que se encuentran adultos mayores, quienes a su vez representan un 23,13% del padrón electoral, señalan los patrocinantes de la Moción.
El proyecto incorpora un inciso tercero al artículo 29 de la Ley Nº18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, del siguiente tenor: “De la misma manera, para facilitar el voto de personas adultas mayores, de personas que tengan problemas de diversidad funcional, de personas de cualquier edad que estén en internación hospitalaria, de personas que se encuentren en cuarentena por motivos de salud, de personas que estén en grupo de riesgo y de personas que se encuentren privadas de libertad, el Servicio Electoral podrá facilitar el voto por medio de carta certificada, pudiendo ser el ministro de fe en la entrega y recepción del voto los funcionarios (carteros) de la Empresa de Correos de Chile.”.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº13729-06.

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